pamplona - A deliberar se aprende deliberando, dicen los magistrados experimentados que han aprendido a base de espíritu abierto y del debate habitual con otros compañeros a tener agilidad en la materia. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) se reunirá hoy en pleno con el asunto a deliberar de mayor envergadura de su historia. Y más, después de que en enero de 2017, esta Sala, que hasta esa fecha solo veía recursos penales de causas juzgadas por jurado popular, se convirtiera tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el tribunal de apelación de sentencias penales de la Audiencia. El paso previo al Supremo, que será en primavera el punto final de este caso repugnante. Sobre la mesa de los cinco magistrados que componen el máximo órgano judicial de Navarra se esparcirán hoy los cientos de folios que forman la sentencia condenatoria a 9 años de cárcel que se fijó por la violación grupal de Sanfermines en un portal de la calle Paulino Caballero. A la resolución hay que añadir la ingente cantidad de folios escrita también por el magistrado Ricardo González, que emitió un voto particular absolutorio. También, en la sala de deliberaciones, ubicada en la 6ª planta del Palacio de Justicia, se desglosarán de forma secreta los recursos de las acusaciones y defensas personadas en el caso, para valorar desde aspectos procesales (admisión de pruebas, informes policiales cuestionados) a temas de fondo (¿hubo consentimiento, intimidación, violencia?), para entrar en un debate tanto fáctico (sobre los hechos) como jurídico (delitos, responsabilidades, penas).

Cinco magistrados -el presidente del TSJN Joaquín Galve, dos miembros de la carrera judicial que alcanzaron el cargo por su escalafón como Alfonso Otero y Javier Fernández-Urzainqui y otros dos elegidos en 1989 por el Parlamento de Navarra, José Antonio Álvarez Caperochipi y Miguel Ángel Abárzuza-, de entre 59 y 70 años de edad y con más de tres décadas en ejercicio todos ellos componen un tribunal acostumbrado en los últimos tiempos, desde la reforma mencionada, a revisar las sentencias más graves de índole sexual. El último en llegar a la Sala ha sido Galve, hace solo cuatro años, merced a su cargo institucional como jefe de los jueces navarros. Como se sabrá, Galve ha sido especialmente enérgico con las críticas tanto a la sentencia como al magistrado discrepante. Llegó a decir que las protestas al fallo y el intento de irrumpir en el Palacio de Justicia fueron obra de una “turba enfervorecida”. Esta Sala ya confirmó en su día el veredicto dictada en el crimen de Nagore Laffage y condenó a José Diego Yllanes como autor de un delito de homicidio con abuso de superioridad. Pero uno de sus magistrados, Álvarez Caperochipi, emitió entonces un voto particular. Él veía asesinato. Este magistrado es ahora el ponente del nuevo fallo de La Manada. Se conocerá en un mes, que será cuando acabe de plasmar en papel los puntos de acuerdo que se alcancen hoy. Pero de lo que ocurrirá ahí dentro, nada trascenderá. La deliberación es secreta, la votación del fallo también. Los componentes de la Sala llevan viendo desde finales de junio el sumario del caso y ya se han reunido en varias oportunidades. Han podido desde entonces ir perfilando el fallo. Pero como deliberar se trata de discutir sin prejuicios. Caperochipi será el ponente siempre y cuando integre el voto mayoritario de la resolución. Él será encargado de exponer hoy la causa y, después, el presidente Galve dirigirá el debate. El resto de magistrados podrán intervenir y pedir aclaraciones, pero es Galve quien marcará las pautas a discutir. Sobre dichos puntos empezarán a hablar por orden de menor a mayor antigüedad. El último en pronunciarse será el presidente.

abusos, intimidad y robo A partir de entonces se verá si hay un acuerdo unánime o la decisión divide al tribunal. Solo caben como opciones que se mantenga la misma calificación (aunque la acusación particular introdujo la alternativa de una condena mayor, de entre 10 y 12,5 años de cárcel si la Sala consideraba que eran abusos), se endurezca la pena hasta los 18 años mínimo que pide la Fiscalía por agresión sexual o se entienda que el fallo debe ser absolutorio por haber consentimiento.

Al mismo tiempo, en caso de observarse si el grupo intimidó a la joven de 18 años o si se utilizó una violencia verbal y física con ella, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN deberá también opinar sobre si el robo que sufrió la chica de su teléfono móvil fue precisamente un robo intimidatorio, un hurto solo atribuible al guardia civil (como reza ahora la sentencia) o aplicable a los cinco procesados. Será casi inviable que se modifiquen los hechos probados que ya dictó la Sección Segunda. Pero, aun sin variarse el relato, las interpretaciones podrían ser bien distintas a lo ya dictado en abril. Conviene recordar por ello que la condena ya dictada por abuso sexual continuado con prevalimiento (agravante creada por la mera situación de superioridad del grupo y no por el anuncio de un mal inminente y grave) encierra un contexto que se aproxima al descrito en una agresión sexual: “La víctima fue rodeada por cinco varones en un lugar recóndito y angosto”, “le desabrocharon el sujetador”, “experimentó angustia”, “notó que uno le cogía de la cadera y otro le bajaba los leggins”, “cuando llegaron al cubículo empezó a sentir miedo por las actitudes de ellos” o “se creó una atmósfera coactiva”. Todo ello ya está escrito en una sentencia. Como dicen los abogados de la víctima, “¿no es acaso esto sentirse intimidada?”. Si así lo viera la Sala, la sentencia sería por agresión sexual y no por abusos. Hay de que hablar y dará de ello.