Madrid - La Comisión Nacional de la Competencia y los Mercados (CNMC) ha multado con 18,4 millones de euros a Nuclenor, sociedad participada al 50 % por Iberdrola y Endesa que gestiona la central nuclear de Garoña, por cerrar la planta en diciembre de 2012 sin autorización. El organismo regulador considera que se trata de una infracción muy grave porque “no se puede reducir la capacidad de producción o de suministro de energía eléctrica sin la correspondiente autorización”.

Ante esta sanción, el Gobierno vasco reitera su posición y mantiene que Garoña debe cerrar lo más rápido posible. La consejera vasca de Desarrollo Económico y Competitividad, Arantza Tapia, insistió ayer en que Nuclenor debe cerrar definitivamente y “lo más rápido posible” la central nuclear porque “ha cumplido su ciclo de vida”. La consejera subrayó que, con independencia de esta multa, el Gobierno vasco tiene una posición fijada en contra del mantenimiento de la actividad de Garoña, al considerar que está “obsoleta”.

Nuclenor acordó el cese de explotación de la central burgalesa en diciembre de 2012, casi seis meses antes de la fecha inicialmente fijada por orden ministerial (6 de julio de 2013). Iberdrola y Endesa decidieron parar Garoña en respuesta a las nuevas tasas e impuestos a los residuos nucleares aprobados por el Gobierno para atajar el déficit de tarifa eléctrica y que, en su opinión, hacía la central “inviable”.

Desde entonces, el Ejecutivo ha mantenido abierta la puerta a que la planta atómica retome la actividad.

Actualmente, el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) evalúa la petición de la central de renovar su permiso de explotación hasta 2031, cuando sumaría 60 años de antigüedad. El 27 de mayo, Nuclenor presentó dicha solicitud y dos días después el Gobierno solicitó al CSN el informe preceptivo. Si este es negativo obligará al cierre de la planta y si es positivo dejará la decisión en manos del Gobierno del PP.

Sin razones justificadas

La CNMC acordó iniciar un expediente regulador contra Nuclenor en julio de 2013 (fecha en la que expiraba la autorización) por haber acordado el cierre de la central “sin que concurrieran razones técnicas ni de seguridad que lo justificaran”. Seis meses antes, la firma propietaria había acordado “la adopción de las medidas necesarias para la extracción definitiva del combustible nuclear y su descarga en la piscina de combustible gastado, con el consiguiente cese definitivo de la central con anterioridad al 31 de diciembre”. La parada efectiva de la central se produjo el 16 de diciembre de 2012.

“La decisión de parar el funcionamiento de la central y la ejecución de las actuaciones necesarias para la descarga completa del combustible se adoptaron por Nuclenor estando plenamente vigente y operativa la autorización de explotación de la central y sin que concurrieran las circunstancias de parada previamente programada, ni circunstancias imprevistas de carácter técnico o de seguridad que aconsejaran o hicieran necesaria la parada”, concluye la CNMC.

La planta nuclear cuenta con una potencia neta de 455,29 megavatios (MW) que no ha estado a disposición del sistema eléctrico en el periodo comprendido entre el 16 de diciembre de 2012 y el 6 de julio de 2013. El importe de la sanción, añade el organismo presidido por José María Marín, se ha calculado conforme a la Ley, en particular el daño causado y el beneficio ilícito obtenido. No obstante, el importe final queda limitado por la regla de máximos, en virtud de la cual la cuantía de la multa no podrá superar el 10 % del importe neto anual de la facturación del infractor. La cifra neta de negocio de Nuclenor en 2011 (último ejercicio completo) ascendió a 184 millones de euros, por lo que la multa se limita a 18,4 millones.

La empresa Nuclenor ha anunciado que recurrirá ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional la multa. Basará el recurso en los argumentos que Nuclenor ya ha defendido anteriormente. Defiende que la parada estaba incluida en sus competencias y que no se requería autorización especial para dicha acción.