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STEE recurrirá la plaza que Celaá dio al marido de la delegada de Bizkaia

El sindicato ve "un claro caso de enchufismo" en la concesión del puesto en el Berritzegune central

STEE recurrirá la plaza que Celaá dio al marido de la delegada de BizkaiaFoto: oskar martínez

Bilbao. El sindicato de la enseñanza STEE-EILAS estudia recurrir la decisión del Departamento de Educación de otorgar una plaza en el Berritzegune Central de Bilbao al marido de la delegada territorial de Bizkaia, Ana Valenciaga, ya que el Gabinete de Isabel Celaá ha concedido una plaza fija a S.F.F., pese a no acreditar el PL2 de euskera que por ley exige este puesto. Así lo desveló ayer a DEIA el portavoz sindical Manolo Martínez, quien aseguró que la decisión del Departamento de Educación es "completamente irregular. Es simple y llanamente un caso claro de enchufismo". El sindicato tiene hasta el 15 de noviembre para presentar un recurso de alzada contra una reciente resolución -publicada en el BOPV el 15 de octubre- que lleva la rúbrica de la viceconsejera de Administración y Servicios, Marisol Esteban.

Dicha resolución viene a hacer oficial la concesión de un plaza, que la propia consejera Celaá allanó el pasado verano tras la firma de una polémica Orden -del 22 de junio- por la que la titular de Educación estimaba el recurso interpuesto por este asesor de matemáticas que, al igual que otros diez profesionales, se vio afectado por la reorganización de los berritzegunes. Merced a ello se creaba un servicio de apoyo al profesorado central, el Berritzegune Central, -con sede compartida en Bilbao, Lasarte y Gasteiz- y 30 nuevos puestos de trabajo, 10 en Bizkaia. Todas las nuevas plazas requerían la acreditación del PL2 de euskera antes de 2009. La pareja de la delegada territorial de Educación en Bizkaia no acreditó dicho perfil, al igual que otras dos personas, aduciendo que estaba exento de hacerlo por ser mayor de 40 años.

Según la documentación que obra en poder de este periódico y la opinión de distintos expertos consultados, dicha argumentación no sería válida a la hora de fijar en un puesto nuevo que requiere PL2 a alguien que no lo tiene. Según afirman las mismas fuentes, en tal caso el puesto que debería ocupar, como así estaba sucediendo hasta esta decisión del Departamento de Educación, era lo que en la jerga de la Administración se denomina comisión de servicios, es decir, que S.F.F. quedaba adscrito al Berritzegune Central de Bilbao pero sin ocupar plaza. A día de hoy, S.F.F. continúa trabajando en su anterior destino, el Berritzegune de Abando. Por su parte, el Departamento de Educación sostiene un criterio bien distinto a este razonamiento y considera que el procedimiento es completamente legal.

En un documento interno -con fecha del 27 de abril- al que ha tenido acceso este periódico, la consejera de Educación avala la legalidad de esta decisión y rechaza cualquier sombra de enchufismo en el caso del marido de la delegada de Bizkaia, Ana Valenciaga, nombrada por Celaá el 1 de julio de 2009. Según esta respuesta parlamentaria a EA, la medida "no resulta contraria al marco jurídico y legal […] puesto que no constituye dispensa o exención no prevista legalmente, ni es contraria al principio de igualdad, ni al interés público o al ordenamiento jurídico". Y es que -justifica Celaá- la razón jurídica en la que se basa Educación para estimar el recurso de S.F.F es que "este funcionario se encuentra exento de acreditar el perfil por razón de edad".

Asimismo, la titular confirma que su Gabinete no tiene intención de modificar los decretos aprobados por Tontxu Campos (EA) que motivaron la reordenación de los berritzegunes. Preguntada sobre el hecho de que una persona que no cumple con todas las condiciones exigidas por la ley pueda desempeñar de manera adecuada ese puesto de trabajo, Celaá se limita a afirmar: "El Departamento de Educación ha respetado el marco jurídico legal vigente". Asimismo la responsable de Educación elude referirse a las "razones para la elección" que menciona en la segunda página de la Orden del 22 de junio para justificar su decisión, y responde que la Orden firmada de su puño y letra "en ningún sitio habla de razones para la elección". Lo que aún no ha se sabe es la razón por la que no ha aparecido publicada en el Boletín Oficial del País Vasco la Orden del 22 de junio que sostiene la resolución de Marisol Esteban del 19 de julio y que, sin embargo, se ha hecho pública tres meses después. Máxime cuando es anterior a ésta.

STEE-EILAS: "Es inadmisible" Para Manolo Martínez, de STEE-EILAS, esta maniobra del Departamento de Educación es "inadmisible. ¿Ocurriría igual en Alemania o en Irlanda?" Según STEE-EILAS, es "inadmisible que se pueda aceptar que una persona que tiene como función aconsejar pedagógicamente al profesorado desconozca la lengua mayoritaria de enseñanza-aprendizaje de este país y quiera o le dejen ser asesor en matemáticas cuando es incapaz de leer y entender dichos textos. No podemos imaginar dicha situación en otro país".

Según Martínez este nombramiento "no favorece en nada a la enseñanza pública, al no respetar los criterios de transparencia, igualdad e idoneidad a la hora de realizar los nombramientos y extender una más que posible sospecha de irregularidad sobre sus gestores". En su opinión, todos los puestos de trabajo de la enseñanza reglada y de todos los servicios de apoyo a la docencia deben ser de perfil PL2 (euskera), "única manera de respetar la realidad lingüística de nuestro país y de ayudar a la consecución del bilingüismo". Nuevamente, Educación ha optado por guardar silencio.