El Tribunal Supremo ha confirmado nueve meses de prisión al rapero Pablo Rivadulla Duró, Pablo Hasel, por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Monarquía y a las Fuerzas de Seguridad en una sentencia que ha dividido al tribunal, en el que dos de los cinco magistrados han discrepado.

La Sala de lo Penal rechaza que los comentarios que difundió en Twitter estén amparados por la libertad de expresión y los considera un "medio idóneo para suscitar reacciones violentas, minar la confianza en las instituciones democráticas, avivar el sentimiento de desprecio y odio" contra ellas y "menoscabar la dignidad de las personas".

En sus tuits, la Sala ve "concretos actos de apoyo explícito" a usar la violencia contra el rey y las Fuerzas de Seguridad. "No es libertad de expresión. Es odio y ataques al honor", dice el Supremo en una sentencia que cuenta con el voto particular de dos magistrados.

Miguel Colmenero y Ana María Ferrer han discrepado de la mayoría al estimar que los mensajes de Hasel están cubiertos por la libertad de expresión y apuestan por reservar la sanción penal "para las acciones más graves, a lo realmente intolerable desde la óptica de los valores democráticos".

Donde ambos ven una crítica "en muchos casos desmedida, grosera y huérfana de un mínimo rigor, pero amparada en la libertad de expresión", el resto de la Sala aprecia que se va "más allá" de la "camaradería nacida de vínculos ideológicos", con una "alabanza, no ya de los objetivos políticos, sino de los medios violentos" empleados por organizaciones terroristas.

El tribunal ha analizado comentarios como "Detenidos en Galiza por 'enaltecimiento del terrorismo' es decir, por decir que hay que luchar contra el estado fascista" o "¿Matas a un policía? Te buscan hasta debajo de las piedras. ¿Asesina la policía? Ni se investiga", difundidos entre más de 54.000 seguidores. En 1.915 mensajes aparecían términos como Grapo, ETA, bomba o terrorismo, dice la resolución.

Se recuerda en la sentencia que Hasel ya fue condenado por este mismo delito y que con su actuación "enalteció la trayectoria delictiva de varias personas exclusivamente en razón a su involucración en execrables delitos terroristas" con la intención de que "alguno de sus lectores asumiera el discurso del odio que así propagaba para ver si reanudaba la acción violenta terrorista".

"A los fines del terrorismo resultan extraordinariamente útiles y valiosas las aportaciones de quienes, como el recurrente, ensalzan las acciones, justifican la violencia y expresan simpatía frente a la eliminación física del disidente siendo ese el leiv motiv que late en los tuits", señala la mayoría del tribunal.

Niega además que se sancione una "discrepancia política, sino que condena "la incitación, la provocación y el riesgo que genera de que terceras personas, enardecidas por esas expresiones, retomen la violencia".

Sin embargo, los magistrados discrepantes apuntan que, aunque Hasel muestra "una cierta sintonía ideológica con los personajes" a los que cita e incluso "coincidencia de objetivos políticos", esto no implica necesariamente una coincidencia en los medios.

La mayoría del tribunal también cree que los comentarios de Hasel supusieron "un ataque personal y directo a la Casa Real y a sus miembros de modo despiadado" que fue más allá de la mera discrepancia y que la libertad de expresión no puede utilizarse como "paraguas" o "cheque en blanco". El discurso de odio no tiene cabida en ella.

Los magistrados discrepantes, por su parte, ven que dicha crítica, aunque "desabrida", supone "una toma de postura ideológica", su republicanismo, y recuerdan que muchas de sus acusaciones al rey emérito estaba y están en el debate público.

"No olvidemos que el margen de restricción de la libertad de expresión cuando del debate político se trata es muy estrecho", señalan.

Por estos hechos, Hasel fue condenado en un principio a dos años de prisión, pero la Audiencia Nacional lo rebajó a nueves meses.

Sobre él, no obstante, pesa una primera condena de dos años de cárcel, también por enaltecimiento del terrorismo, cuya ejecución la Audiencia Nacional dejó en suspenso. Ahora, este tribunal deberá decidir si el rapero entra en prisión, explican a Efe fuentes jurídicas.