BILBAO - El Tribunal Supremo confía en notificar hoy la sentencia que, por unanimidad, califica de sedición los hechos ocurridos durante el otoño de 2017 en Catalunya, descartando el delito de rebelión que solicitó la Fiscalía y apoyándose más en las tesis de Abogacía del Estado, aunque la petición de penas puede verse superada en la práctica, ya que los 12 años con que sería castigado Oriol Junqueras apuntan a ser ampliados hasta la frontera de los 15. Se decantan así por un delito contra el orden público en concurso medial con otro de malversación por los que se condenará a cárcel e inhabilitación a los nueve líderes independentistas en prisión preventiva. Los tres exconsellers que siguieron el juicio en libertad (Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santi Vila) serán previsiblemente exonerados de este último delito y solo se les aplicará desobediencia. La sedición condena la mera vulneración del orden público, pero no del orden constitucional, un aspecto que se protege tanto en el delito de rebelión -sea esta o no en grado de tentativa- como el de conspiración para cometerla, pero ninguna de estas opciones habría alcanzado el consenso en la Sala. El tribunal que preside el juez Manuel Marchena estima que, aunque los dirigentes soberanistas no participaron directamente en los tumultos, promovieron las concentraciones que los generaron, y que lo hicieron sabiendo que podían desencadenarse incidentes. También se acredita que usaron fondos públicos de sus departamentos para la celebración del referéndum.

Pero la tensión por el conflicto catalán ni se detuvo en los lances más convulsos del procés, ni el los dos años posteriores, ni lo hará conocida la sentencia por esta causa. Todo lo contrario, abrirá un escenario que se intuye impredecible y en el que de inmediato habrá una respuesta “pacífica” de la sociedad civil en las calles -que el 10-N puede hacerse notar en las elecciones generales, con la implicación de este problema en campaña-, y también de las instituciones, con Govern y Parlament a la cabeza. Además, se desencadenará la réplica de las defensas con los recursos judiciales, primero en el Constitucional y después en Estrasburgo; con la opción de que se reabran las euroórdenes contra los exiliados; entre ellos el expresident Carles Puigdemont; y con la incertidumbre de si el mundo independentista será capaz de caminar de la mano en su estrategia, por ahora dispar, hacia la República.

Con la sentencia notificada, los abogados pueden, o bien presentar un incidente de nulidad por vulneración de los derechos de los acusados en la misma Sala hacia el relato de la sentencia, o bien un recurso de amparo directamente al TC, y en este caso alegar vulneración de derechos fundamentales solo en la parte de la resolución. Los plazos serán un calvario para los condenados a prisión, ya que deben aguardar a que el TC responda a su recurso antes de acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo. La media es de entre seis meses a dos años, mientras que la respuesta de Europa podría tardar unos cuatro años más. Es decir, puede llegar con la condena completa o en el ecuador. Una de las resoluciones con que trabajan las defensas es la del caso de tres miembros del grupo de punk Pussy Riot contra Rusia, a las que el TEDH dio la razón en 2018: se les habían vulnerado derechos fundamentales después de haber permanecido en prisión provisional, penadas a un año y ocho meses y finalmente amnistiadas.

Paralelamente, no sería extraño que el juez que investigó los hechos, Pablo Llarena, reactive por tercera vez las órdenes de busca y captura contra los exiliados -con Puigdemont al frente tras instalarse en Waterloo-, apoyándose ya no en indicios sino en pruebas demostradas en un juicio penal. Tras la petición se pondría en marcha un procedimiento reglado, canalizado estrictamente entre jueces en el caso de los países de la UE, interviniendo el Estado en el supuesto de los países de fuera del club comunitario, con el proceso de la extradición.

¿adelanto electoral? La sentencia se colará como un vendaval en la campaña del 10-N, que puede llegar a estar más focalizada en Catalunya, si cabe, que la del 28-A. De hecho, la consecuencia más inmediata de unas condenas y las consiguientes inhabilitaciones será que JxCat y ERC perderán a sus principales candidatos: Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn, Oriol Junqueras y Raül Romeva. La posibilidad de los indultos, algo que descartaron los procesados, volverá al debate, mientras que el independentismo tratará de usar esta polvareda como pegamento vertebrador. Los hay que abogan por responder buscando el “desgaste económico del Estado”, como el exconseller Antoni Comín, y rebatido por la consellera Àngels Chacón o Artur Mas. O por una desobediencia civil todavía inconcreta, como pidió Torra, que apela al voto como herramienta y a la defensa de los derechos fundamentales, entre ellos el de autodeterminación. Con una visión de la andadura más unilateral de la que abandera ERC, y bajo la incógnita de si se adelantarán los comicios catalanes.

Ante cualquier desliz independentista que gire hacia lo que pasó entre septiembre y octubre de 2017 estarán vigilantes desde el unionismo, con su mantra de aplicar de nuevo el 155 para intervenir el autogobierno y de, si hace falta, endosar el calificativo de “terroristas” a miembros de los CDR y vincularlos con el soberanismo. Hasta Pedro Sánchez se maneja con el escudo del precepto constitucional. Fallo judicial hay, pero el conflicto no está visto para sentencia.