Los magistrados del Tribunal Supremo que han suspendido cautelarmente la exhumación de Franco afirman en su auto que el dictador fue “jefe de Estado desde el 1 de octubre de 1936”, en plena Guerra Civil y cuando el poder constitucional residía todavía en la Segunda República, presidida por Manuel Azaña.

Pero Franco no puede ser considerado jefe del Estado español en esa fecha: fue Azaña quien ostentó ese cargo de forma legítima casi hasta el final de la contienda, defienden historiadores, juristas y expertos en Relaciones Internacionales.

Los militares que dieron el golpe de Estado el 18 de julio de 1936 lo hicieron para derribar el gobierno republicano, sin un proyecto político claro.

Consumado el pronunciamiento y con España dividida en dos bandos, los golpistas constituyeron el 24 de julio en Burgos la Junta de Defensa Nacional, un organismo colegiado que ejercería la autoridad en el territorio bajo su control.

Los generales y jefes de las fuerzas allí representadas vieron pronto la necesidad de nombrar un mando único militar, que recaería en Franco el 21 de septiembre, tras la muerte del líder de la sublevación, el general Sanjurjo, y descartar a otros candidatos.

Franco, además, había logrado llevar a su ejército a las puertas de Madrid desde África y mantenía un trato privilegiado con la Alemania nazi y la Italia fascista.

En cuestión de días, tras liberar el Alcázar de Toledo, el futuro dictador sumó a la jefatura militar el liderazgo político: fue nombrado “Jefe del Gobierno del Estado, mientras dure la guerra civil” en el cónclave de los altos mandos del sector golpista del Ejército el 28 de septiembre.

Pero en el decreto de la Junta de Defensa Nacional, publicado el día 30, se suprimió la acotación “mientras dure la guerra” y se añadió “quien asumirá todos los poderes del nuevo Estado”.

Al día siguiente, 1 de octubre, en una ceremonia solemne celebrada en la sede de Capitanía General de Burgos, Franco fue investido con sus nuevos poderes como “Jefe del Estado”. Ese sería el título que ostentaría durante la dictadura, que en adelante conmemoraría el “Día del Caudillo” cada 1 de octubre.

El decreto por el que se nombra a Franco “jefe del Gobierno del Estado Español” (e introduce el matiz de asumir “todos los poderes del nuevo Estado”) fue publicado aquel 30 de septiembre en el “Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional de España”. Aunque en aquel momento el diario oficial del Estado español era La Gaceta de Madrid -que después pasó a denominarse Gaceta de la República-, los golpistas empezaron a editar en Burgos su propio diario -rebautizado Boletín Oficial del Estado- el 2 de octubre en paralelo al constitucional.

El Estado franquista surgido del triunfo de 1939 conservaría la denominación Boletín Oficial del Estado y esta se mantendría hasta la actualidad.

Fuentes del Tribunal Supremo no han aclarado el criterio utilizado para considerar a Franco “jefe de Estado” mientras Azaña presidía la Segunda República. Subrayan, sin embargo, que con esa afirmación “precisamente intentaban resaltar que su voluntad es la de primar los intereses del Estado frente a los particulares”.

Por ello, intentarán dictar sentencia “en un plazo razonable”, para evitar que “los intereses públicos vinculados a la exhumación” se vean afectados durante mucho tiempo.

Una parte importante de la judicatura contradice a la Sala Tercera del Tribunal Supremo y defiende que el presidente de la República era el representante legítimo del Estado español en 1936.

Juezas y Jueces para la Democracia lamenta el “insólito” tratamiento que la resolución otorga al dictador, al considerar “jefe del Estado sin más connotación” a quien lideraba un régimen “surgido de la violencia y no homologado por la comunidad internacional”.

El portavoz de esta asociación, Ignacio González Vega, desconoce si semejante “disparate” se debe a un desliz de los magistrados del Supremo, en cuyo caso sería “una imprudencia”. Y habla de “craso error histórico” si la fecha se ha acotado de forma intencionada. “Parece que se quiere blanquear el régimen franquista”, subraya González Vega.

“Por supuesto que en el 36 el Gobierno legítimo era la Segunda República”, enfatiza la portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) Natalia Velilla, quien sí achaca la fecha apuntada en el auto a “un error involuntario” de la Sala Tercera, que de ninguna forma tiene “capacidad de revisar la Historia”. La magistrada matiza que, aunque a estos jueces se les “debe exigir más rigor”, lo fundamental es “lo que -la Sala- vaya a resolver” sobre la exhumación.

Por su parte, la asociación mayoritaria en la judicatura española, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), rechaza pronunciarse sobre el criterio del Supremo. La portavoz de la APM María Jesús del Barco dice desconocer “el criterio” aplicado, pero subraya que es una resolución que “se ha tomado por toda la Sala Tercera” y “seguro que tiene alguna motivación”.

“Es incorrecto lo que dice el Tribunal Supremo, Franco nunca fue legalmente jefe del Estado”, proclama el historiador Paul Preston, para quien su reconocimiento por Gran Bretaña y Francia en 1939 “no borra los orígenes ilegítimos de su mandato”.

Preston recalca que, en septiembre de 1936, algunos altos mandos militares veían con dudas o incluso hostilidad la cesión del poder absoluto a Franco. De hecho, los generales monárquicos accedieron a concederle el rango de “generalísimo” (comandante único) con el matiz de que ejercería la función de jefe del Gobierno del Estado solo “mientras dure la guerra”.

Este matiz desapareció del decreto y, una vez convertido por el resto de comandantes en “jefe del Gobierno del Estado”, Franco “simplemente se refería a sí mismo como jefe del Estado y, como tal, se atribuía plenos poderes”.

El catedrático Enrique Moradiellos, galardonado con el Premio Nacional de Historia en 2017, explica que Franco solo puede ser considerado jefe del Estado español, en términos históricos, a partir del 27 de febrero de 1939, cuando Azaña dimite una vez que Francia y el Reino Unido reconocen oficialmente al Gobierno de Franco.

Moradiellos ve por tanto “impreciso” y “equívoco” lo afirmado por el Supremo -”y ser equívoco en términos jurídicos es peligroso”, advierte-, ya que lo ocurrido en octubre de 1936 es que la “junta de comandantes” que dirige la sublevación concede a Franco el mando único sobre el poder militar para librar una guerra y el poder político para edificar un nuevo Estado.

Al comprobar que el golpe no garantiza un éxito rápido, el organismo colegiado militar que dirige la parte de España sublevada decide unificar en Franco la dirección de la guerra (como “generalísimo”) y otorgarle todo el poder político para construir el nuevo Estado en un territorio que entonces estaba dividido en dos entre la República constitucional y las zonas controladas por los golpistas. - Efe