BILBAO - El Tribunal Supremo no pondrá “ningún obstáculo” a que los acusados puedan lucir lazos amarillos en el juicio al considerarlos “un símbolo ideológico” y, como tal, está amparado por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). La Sala fijó este criterio a este respecto a petición de Vox, que se quejó de que Jordi Sànchez, expresidente de la Asamblea Nacional Catalana, porte en su solapa un lazo amarillo. A nadie se le escapa que desde la Justicia española se trata de que el independentismo no utilice gestos que puedan ir a su favor y para ello se tratará de no cruzar el Rubicón desde el TS en este tipo de aspectos. El presidente del tribunal, Manuel Marchena, afirmó que la posibilidad de que los dirigentes soberanistas usen esos lazos puede ser susceptible de muchos enfoques y criterios, si bien “el Supremo va a hacer suya la doctrina del TEDH que tiene dos precedentes” con dos condenas a Bélgica y Bosnia por no permitir la utilización de símbolos que fueron considerados religiosos. Y aunque “no se trata de eso”, precisó que “el rango axiológico con el que lo contempla el Tratado de Roma es el de símbolo religioso o ideológico”, y los lazos pertenecen a este último apartado.

Por su parte, el abogado Pedro Fernández, en representación de Vox, defendió que también se pueda condenar a los líderes independentistas por organización criminal, un delito que solo plantea esta parte y que supondría un aumento exponencial de las condenas respecto a la solicitadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Fernández, acompañado por el secretario general del Vox, Javier Ortega Smith, rechazó que suponga una vulneración de derechos el mantenimiento de la organización criminal aunque no fuera incluido en el catálogo de delitos del auto de procesamiento dictado en su día por el instructor del caso, Pablo Llarena.

El letrado abogó por que lo ocurrido en Catalunya en otoño de 2017 fue un “alzamiento” que puede encajar perfectamente en el tipo penal de rebelión al constituir un alzamiento público y violento contra el orden jurídico vigente. Argumentó además que la ley impide que el rey, reclamado como testigo por varias defensas, pueda declarar como testigo en una causa judicial, y se mostró en contra de determinadas resoluciones del Tribunal Consitucional por admitir a trámite los recursos de amparo presentados por los procesados por rebelión.

Sobre la libertad de expresión de los líderes independentistas, Fernández señaló que se halla sometida a los límites que impone la seguridad nacional y la integridad territorial. Así lo asevera, según este letrado, el propio Convenio de Roma de 1950. En relación con la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que dio la razón al líder opositor kurdo Demirtas, aludida de forma reiterada por las defensas para solicitar la excarcelación de los nueve exmandatarios en prisión, Vox cree que éste “no tiene nada que ver con unos responsables políticos que ejercían el gobierno en una comunidad autónoma”. La formación de ultraderecha volvió a aprovecharse de su visibilidad pública en el desarrollo del juicio, algo que no gusta en el resto de fuerzas. - I. S. M.