Bruselas expedienta al Estado español por impedir a las aerolíneas cobrar por el equipaje de mano
Consumo afirma que las sanciones a las 'low cost' tienen base jurídica pese al expediente de Bruselas
La Comisión Europea ha anunciado que ha abierto un procedimiento de infracción al Estado español por no permitir que las aerolíneas "apliquen cargos adicionales por el transporte de ningún tipo de equipaje de mano", lo que el Ejecutivo entiende que contraviene la normativa comunitaria.
Equipaje de mano
Bruselas señala que la legislación europea "garantiza la libertad de las aerolíneas para fijar sus precios" y añade que, en base a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el equipaje de mano "debe de ser, en principio, gratuito, siempre que cumpla unos requisitos razonables en cuanto a peso y dimensiones y respete las normas de seguridad aplicables".
Consumo abre expediente sancionador a una sexta aerolínea 'low cost' por cobrar el equipaje de mano
"El equipaje de mano que exceda esos requisitos razonables queda sujeto a la libertad de precios de las aerolíneas", extremo que no aplica el Estado, que además ha sancionado a cinco compañías aéreas por ese motivo, lo que también vulneraría la reglamentación comunitaria, añade la Comisión.
Consumo defiende la base jurídica
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 afirma que las sanciones a cinco aerolíneas 'low cost' por cobrar por el equipaje de cabina tienen argumentación jurídica aunque la Comisión Europea haya decidido abrirle expediente este miércoles.
Las sanciones se dieron a conocer el pasado noviembre, cuando Consumo anunció multas a Ryanair, Vueling, easyJet, Norwegian y Volotea por prácticas abusivas, tales como el cobro por estas maletas o por reservar asientos contiguos para personas dependientes. La cuantía total de las sanciones ascendía a 179 millones de euros.
Procedimiento y sanciones
Ahora, la Comisión Europea da un plazo de dos meses a las autoridades españolas para responder a las irregularidades señaladas por los servicios comunitarios. De no resolverse, la Comisión puede aún pasar a la segunda fase, que supone el envío de un dictamen motivado con un nuevo plazo para el diálogo, antes de emprender la tercera y última etapa del proceso que implica elevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En cualquier caso, afirman desde el departamento gubernamental, "este expediente no altera las sanciones a las cinco aerolíneas" por parte del Gobierno de España, que siguen en curso, y que actualmente se encuentran recurridas en vía judicial, ya que la CE "no tiene potestad para decidir sobre la viabilidad de las sanciones o la interpretación de la normativa europea, que es competencia del TJUE". Con todo, el Ministerio de Pablo Bustinduy se reafirma en que la argumentación jurídica que sustenta estas sanciones "se ajusta escrupulosamente tanto a la legislación española como la jurisdicción europea".
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