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Una mujer vasca pide la pensión de viudedad tras morir su exmarido, cuarenta años después del divorcio

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma la denegación de la solicitud

Una mujer vasca pide la pensión de viudedad tras morir su exmarido, cuarenta años después del divorcioPixabay

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirma la denegación de una pensión de viudedad solicitada por una mujer divorciada desde 1985, al considerar que no cumplía con los requisitos exigidos por la Ley para acceder a esta prestación.

Según se recoge en el escrito, la demandante había estado casada desde 1974 y se divorció 11 años después, es decir, en 1985. Entonces, se fijó una pensión mensual de 35.000 pesetas a favor de la esposa y de los hijos, actualizable conforme al IPC. Según los hechos declarados probados, el exmarido pagó esa cantidad hasta diciembre de 2002, fecha en la que dejó de hacerlo sin que conste reclamación judicial alguna por parte de la mujer.

Tras el fallecimiento del exmarido en julio de 2023, la mujer solicitó la pensión de viudedad. Algo que el Instituto Nacional de la Seguridad Social denegó al entender que no reunía el requisito legal de ser acreedora de una pensión compensatoria vigente en el momento del fallecimiento.

"No existía una situación de dependencia económica"

El TSJPV se apoya en el Tribunal Supremo, que ha señalado que la pensión de viudedad tiene una función resarcitoria frente al desequilibrio económico que provoca el fallecimiento, por lo que exige una dependencia económica real y actual en ese momento. En este sentido, la Sala considera que la falta de pagos desde 2002 y la ausencia de acciones judiciales durante más de veinte años evidencian que no existía una situación de dependencia económica efectiva cuando se produjo la muerte en 2023.