El juez visitará el lugar donde Iurgi Beraza impactó, mientras andaba en bici, contra un vehículo en el barrio Zubero de Aulesti. Un accidente que se produjo e1 21 de mayo de 2020, en plena pandemia, y como consecuencia del cual el niño, de 11 años, perdió la vida. Así lo confirmó ayer a este periódico Antonio Iñiguez, abogado de la familia de la víctima, que, agotada la vía penal, ha recurrido a la civil.
El pasado martes se celebró una audiencia previa en el juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Gernika, en la que la familia del menor y la compañía de seguros del conductor del vehículo no llegaron a ningún acuerdo, por lo que se desarrollará un juicio, previsiblemente “en el primer cuatrimestre del año que viene”, según estimó el letrado de la familia. “Los tres objetos de discusión son si este vehículo podía circular o no por la zona dadas las restricciones de movilidad que había por la pandemia, la mecánica del siniestro y la cuantía indemnizatoria”, detalló.
Pablo de los Ríos, abogado de la compañía de seguros del conductor, explicó, por su parte, que hizo "valer ante el juez que si se iba a discutir si el vehículo podía circular o no por las restricciones de movilidad de la pandemia, también se debía incluir si el menor cumplía con los mismos requisitos, en el sentido de que debía estar acompañado, y el juez lo admitió. Es decir, se va a discutir si ambas partes, tanto el vehículo de mi cliente, como el menor, cumplían en rango estricto esas restricciones".
Declaración de ertzainas
Entre las pruebas propuestas por la parte demandante y “admitidas por el juez”, según explicó el abogado de la familia, se incluye “la declaración del nagusi de la comisaría de Ondarroa para que confirme si la carta dirigida a los padres en enero de 2024 ha sido realizada por él y los extremos de la misma”.
En el citado documento, según indicó este letrado, “aparecen referenciadas determinadas partes de cómo ocurrió el accidente” y se dice que, “debido a las prisas, a la urgencia del momento, al conductor no se le pudo sancionar administrativamente y que tampoco se valoró si podía circular o no por esa zona”.
Asimismo explicó que en el juicio, “además del conductor del vehículo, que ha sido citado por todas las partes, declararán como testigos los ertzainas que hicieron el atestado y, si su señoría lo considera oportuno, puede haber un careo entre el perito de la aseguradora y el perito elegido por la parte demandante”.
Indemnización marcada por ley
La compañía de seguros del conductor, según manifestó Iñiguez, pidió, por su parte, “que se desestimara la demanda, ya que consideran que el menor bajaba a exceso de velocidad con su bicicleta, que es la causa directa y exclusiva del accidente y que, por tanto, no tienen obligación de abonar” ninguna cantidad.
La indemnización solicitada por la familia, señaló su abogado, “es la que la que viene determinada en el baremo de tráfico, la que marca la ley, ni más ni menos, más los gastos del sepelio, entierro y funeral, y otros que se han podido generar como consecuencia del fallecimiento del niño”. Aunque no detalló la cuantía de la indemnización, aseguró que “es una cantidad ínfima para lo que es el fallecimiento del niño. Su vida no tiene precio”.