Los grupos de WhatsApp los carga el diablo. Por una razón u otra, nos vemos integrados en infinidad de ellos y en algunos no queremos estar por la cantidad de mensajes que llegan (25 seguidos de “buenos días” o de “felicidades”) o por los temas de conversación que se tratan. Eso sí, en otros nos vemos obligados a permanecer porque es la única forma que tenemos de enterarnos de cosas que debemos saber.

Uno de ellos suele ser el cada vez más habitual grupo de padres y madres de los alumnos y alumnas del colegio. Ahí generalmente reina la cordialidad y hasta se hacen amigos entre los progenitores, pero a veces también surgen las discusiones, porque cada familia es un mundo: que si ponen demasiados deberes a los chavales, que si tal profesor ha pedido unas cartulinas de colores que no se encuentran, que si hay que hacerle o no un regalo al profesor a final de curso

Del WhatsApp a la calle

Y esas discusiones pueden irse de las manos. O llegar a ellas, literalmente, como ha sucedido con dos mujeres en Palma. El conflicto comenzó en el grupo de WhatsApp de padres y madres de un colegio de sus hijos en la capital balear. La bronca, cuyo origen se desconoce, pasó a mayores, con insultos y amenazas por esta red de mensajería y una de las madres citó a otra para verse en persona.

La que había propuesto el encuentro se presentó en el lugar acordado con un cúter, con el que agredió a la otra madre causándole múltiples cortes graves en la cara, en la cabeza, en los hombros y en los brazos.

Cuatro años de cárcel

La agresión terminó en denuncia y el juzgado de lo penal número 3 de Palma ha condenado a la mujer del cúter a cuatro años de prisión por un delito de lesiones con instrumento peligroso. Además, deberá indemnizar a la víctima con 12.772 euros.

La jueza destaca que la condenada tenía toda la intención de agredir a la otra madre al presentarse con el cúter, y afirma que la víctima podía haber salido mucho peor parada de la agresión, pero que le salvó la rápida atención médica que recibió. De hecho, la sentencia detalla que “aunque las zonas afectadas no son consideradas vitales, la víctima requirió atención inmediata e incluso transfusión sanguínea”.

La sentencia no es firme y es posible interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Baleares.