El Supremo rechaza la querella de Vox contra Marlaska por la actuación policial en Ferraz
Expone que los querellantes no aportan "indicio o principio de prueba" de que las actuaciones obedecieran a una "orden con motivación política" impartida por el ministro
El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella de Vox contra el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, por la actuación policial desplegada frente a las concentraciones realizadas el pasado noviembre en las proximidades de la sede socialista de Ferraz por la ley de amnistía.
La Sala de lo Penal expone en su auto que "los querellantes no aportan indicio o principio de prueba alguno que pudiera servir de apoyo a la imputación que hacen a la persona aforada, D. Fernando Grande Marlaska como Ministro del Interior, de que la actuación policial que denuncian obedeciera a una «orden con motivación política» impartida por aquel".
Asimismo, el tribunal señala que no puede imputarse responsabilidad penal a Grande Marlaska sobre la única base de ser el máximo responsable del Ministerio del Interior del que depende el Cuerpo Nacional de Policía, "sin ofrecer dato o circunstancia alguna que permita afirmar que conoció los pormenores de la concentración que se estaba produciendo y/o dio instrucciones sobre la manera en que debían actuar los agentes".
La Policía impide a los 1.000 concentrados en Ferraz contra la amnistía invadir la calzada
Por ello, la Sala acuerda la inadmisión de las querellas de Vox y el Sindicato para la Defensa de la Solidaridad con los Trabajadores de España "sin necesidad de valorar en este momento si la actuación policial denunciada fue o no abusiva o desproporcionada, ni de realizar consideraciones sobre si en la querella y en los videos se puede, realmente, apreciar o no ese carácter injustificado o ilegítimo con que se tilda la intervención policial".
La querella de Vox era por delito de prevaricación y delitos cometidos por los funcionarios públicos contra otros derechos individuales, y la del sindicato ampliaba la lista a delito de tortura y contra la integridad moral y delito leve de lesiones.
Ambas se dirigían también contra el delegado del Gobierno en Madrid y, en el caso del sindicato, contra agentes policiales, si bien el Supremo se declara no competente por no ser aforados.
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