La expresidenta madrileña Esperanza Aguirre se benefició de los servicios de reputación y posicionamiento online que prestaba la empresa del presunto conseguidor de Púnica Alejandro de Pedro sin ser consciente de ello, según expone Anticorrupción para eximirla de responsabilidad en la presunta financiación irregular del PP madrileño.

El desconocimiento sobre la dinámica de los hechos investigados, unido a prescripciones y falta de indicios, han llevado al fiscal Alejandro Cabaleiro a pedir al juez de Púnica que saque de esta investigación a Aguirre y también a su sucesor Ignacio González, quien sí está procesado en el caso Lezo, relacionado con una trama irregular en el Canal de Isabel II.

No queda acreditada su participación

En su informe, de 856 páginas y al que ha tenido acceso Efe, el fiscal concluye que de lo investigado "no puede considerarse acreditada la participación de Esperanza Aguirre", y "más allá de la prescripción de los delitos electores" en las elecciones autonómicas de 2007 y de 2011, "lo cierto es que no se han evidenciado indicios que permitan afirmar que la misma era conocedora de los mismos".

Respecto a la superación del gasto electoral de 2007, el fiscal recuerda una llamada de ese año interceptada entre Aguirre y el que fue su sucesor Ignacio González, al que también se pide sacar de este procedimiento, en la que la presidenta madrileña en un momento dado afirma: "que nos hayamos saltado el límite de dinero electoral para la campaña, pues puede, pero desde luego FUNDESCAM no ha pagado".

Desconocía cómo se excedió el gasto electoral

"La llamada anteriormente expuesta es cierto que revela que la misma pudiese sospechar, o intuir, que se había sobrepasado el límite del gasto electoral pero igualmente revela que no tenía conocimiento de cómo había sucedió, pues la aseveración que realiza en torno a la utilización de la Fundación FUNDESCAN, descartando que fuese instrumento para ello cuando realmente lo era, es un indicio sólido de tal extremo", interpreta el informe.

El fiscal no descarta que pudiera tratarse de "ignorancia deliberada, pero afirmar tal cuestión -añade-, considerando la ausencia de indicios resulta insuficiente para sostener una acusación".

Tampoco puede acreditarse que estuviese al tanto de las contrataciones

Respecto de los trabajos de reputación online de la empresa de Alejandro de Pedro, que incluyeron la creación en octubre de 2010 de un blog (www.hablaconesperanzaaguirre.com) y un estudio sobre su imagen en redes, el informe sostiene que no ha podido acreditarse que ella tuviese conocimiento, "ni de la contratación de los trabajos, ni de su desarrollo, ni de cómo se abonaban los mismos".

Además tiene en cuenta que Aguirre nunca se ocupó de forma directa o personal de sus redes sociales, siempre hubo una persona encargada de ello, "lo que ofrece el indicio de que la misma no era conocedora ni de sus contenidos ni de su forma de contratación".

Mención a Isabel Díaz Ayuso

Menciona así a la responsable de redes por aquellas fechas, la actual presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, de la que dice que "no solo" conocía a De Pedro, "sino que también mantenía relación profesional" con él, y como prueba aporta un mail en el que le pide un "favorcito" consistente en si le puede preparar una plantilla como la que efectuaron para el exconsejero Francisco José Granados -que fue quien introdujo a De Pedro en el PP- pero más "plana".

Por estos hechos la Fiscalía sí que ha pedido mantener en el procedimiento a la exdirectora general de Medios de la Comunidad de Madrid Isabel Gallego y al que fuera jefe de Gabinete de Aguirre Borja Sarasola, entre otros.

Cambio en las contrataciones

Respecto a la presunta inclusión de una cláusula del 1% para publicidad en adjudicaciones de consejerías madrileñas, la Fiscalía entiende que el cambio organizativo para que todas las contrataciones de publicidad tuviesen que recibir la conformidad de Isabel Gallego no es indicio de que Aguirre hubiese efectuado tal nueva estructura organizativa con fines delictivos para financiar el partido.

Y es que, prosigue, "ninguna de las personas respecto de las que existen indicios ha declarado que la misma participase en procedimientos de contratación con las impresas de publicidad".

"Y el genérico hecho de que, en tanto Presidente, tenían un control absoluto de todo lo que sucedía, resulta claramente insuficiente para atribuir responsabilidad penal por hechos concretos", puntualiza.