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Los tribunales prohíben que la bandera republicana ondee en el Parlamento foral

El legislativo navarro pretende colocar el viernes la enseña en su fachada por el aniversario de la II República

Los tribunales prohíben que la bandera republicana ondee en el Parlamento foral

IRUÑEA. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) decidió ayer suspender el acuerdo por el que el Parlamento de Nafarroa aprobó colocar la bandera republicana en la fachada del edificio legislativo con motivo del 14 de abril, día en el que se celebra la proclamación de la Segunda República.

El TSJN, en una resolución que es recurrible, se basa en que la enseña “no es bandera constitucional” y dictamina que “en un edificio público no se puede hacer uso, ni en el balcón principal, ni en cualquiera de sus fachadas o ventanas, se trate o no de un mástil o cualquier otro tipo de exhibición pública, de otra bandera que no sea la oficial”. El acuerdo se adoptó a propuesta de Izquierda-Ezkerra por petición de la Junta Republicana de Nafarroa y fue recurrido por la Abogacía del Estado.

El auto explica que “en el caso que hoy nos ocupa, el Estado tiene interés legítimo de que se respete por el Parlamento de Navarra la legalidad vigente y los símbolos constitucionales del Estado y es también legítimo que cuestione si la bandera republicana que se pretende colocar el día 14 próximo es una bandera constitucional”. Añade que el Estado está legitimado para recurrir el acuerdo citado “de índole administrativa y no propiamente parlamentaria”. El tribunal concluye que prevalece el interés general, que “no es otro que el interés de los ciudadanos de que se exhiban en los edificios de los organismos constitucionales las banderas y símbolos que primafacie encuentran amparo en la CE”.