Donostia. Galindo, Elorriaga, Dorado, Bayo y Vaquero. Todos ellos fueron condenados a prisión por el secuestro y asesinato de los presuntos miembros de ETA José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, reivindicado por los GAL. Los dos primeros no permanecieron mucho tiempo en prisión, hoy gozan de total libertad. Aunque han transcurrido más de siete años desde aquel juicio, aún quedaba alguna resolución pendiente. Los condenados interpusieron un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ya que consideraban que se había vulnerado su presunción de inocencia y los derechos de la defensa. El Tribunal de Estrasburgo concluyó ayer que el juicio fue totalmente justo.

De esta manera, da la razón al Estado español, que según el tribunal europeo, no violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos por la forma en que se celebró el juicio por el caso Lasa y Zabala. El Tribunal de Estrasburgo ha examinado conjuntamente las tres demandas presentadas en 2003 por los ex guardias civiles Ángel Vaquero, Enrique Dorado y Felipe Bayo; el ex general Enrique Rodríguez Galindo; y el ex gobernador civil de Gipuzkoa Julen Elgorriaga, respectivamente, que fueron condenados a penas de entre 67 años y 8 meses y 71 años de cárcel.

La Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo falló que España no violó los artículos 6.1 (derecho a un juicio justo), 6.2 (presunción de inocencia), y 6.3 (derechos de la defensa) del citado Convenio. Los cinco demandantes alegaron en sus escritos haber sido "víctimas de una violación del principio de presunción de inocencia y de los derechos de la defensa", y los tres primeros se quejaron también de que "el juez de instrucción se hubiera negado, por una decisión no motivada, a aceptar las pruebas propuestas".

Vaquero consideró que fue condenado con "las declaraciones hechas a puerta cerrada por el tercer demandante, que se retractó después". Rodríguez Galindo sostuvo haber sido condenado sin pruebas, mientras Elgorriaga se quejó de haber declarado ante el juez de instrucción sin la asistencia de un abogado y de protagonizar un careo con un testigo de cargo nueve meses después sin haber sido imputado previamente.

Los tres primeros demandantes estuvieron representados ante Estrasburgo por Jorge Argote; el ex general de la Guardia Civil, por José María Fuster-Fabra; y Elgorriaga, por Francisco Javier Lozano. El Tribunal de Estrasburgo recuerda a los demandantes que, entre sus atribuciones, no está la de sustituir la apreciación de los hechos y pruebas utilizadas por las jurisdicciones internas y sí "asegurar que las pruebas hayan estado presentes para garantizar un proceso justo".

condena por asesinato La Sala presidida por el juez andorrano Josep Casadevall coincide con el Tribunal Constitucional, en relación a la condena por asesinato de los cinco demandantes, en que deducir de los hechos probados que los demandantes eran los autores de los asesinatos de Lasa y Zabala "no podía ser juzgado como irrazonable o ilógico".

Por ello, añade la sentencia, los testimonios examinados por la Audiencia Nacional no constituyen, según el Tribunal Constitucional español, una prueba única, sino que "complementan y detallan los indicios existentes para concluir que los cinco demandantes eran culpables".