HE leído un reciente artículo en el que Ignacio Camacho se refería a un áspero personaje de Clint Eastwood que decía que las opiniones son como los culos: todo el mundo posee una, lo que no implica en absoluto que sea fundada, valiosa o simplemente respetable; en todo caso, lo único respetable es el derecho a expresarla. La anécdota me ha venido a la cabeza tras leer la tribuna firmada por Gabriel Mariscal en el DEIA del pasado día 30. La verdad es que el Sr. Mariscal, que cada día se supera, en esta ocasión ha pulverizado todos los registros. No se ha dejado en el tintero, al referirse a mi persona, ni un solo calificativo: arbitrario, infundado, desproporcionado, impertinente, autoritario, poco serio, partidista, antidemocrático, desconsiderado... ¿Hay quien dé más?
Gabriel Mariscal puede opinar lo que quiera sobre las asociaciones judiciales y su carácter inconstitucional. Pero lo cierto y verdad es que el hecho asociativo se reconoce expresamente en el artículo 127.1 de la Norma Fundamental. Y que el régimen de asociación de los Jueces y Magistrados se regula a su vez por el artículo 401 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Gabriel Mariscal puede opinar lo que quiera sobre mis declaraciones y actuación como portavoz de una asociación judicial. Pero lo cierto y verdad es que no podrá dar cuenta de un solo caso en el que mis manifestaciones o intervención como tal no tuvieran por causa episodios, circunstancias o cuestiones de índole judicial o naturaleza jurídica y, además, claro interés público. Y seguro que tampoco puede imputarme, por mucho que mi papel y mis obligaciones como portavoz le repugnen profundamente, actuar al margen de lo que los estatutos y reglamentos de mi asociación establecen, por ejemplo, cuando recogen entre nuestros fines los de "Defender y velar, por los intereses y derechos profesionales de todos los asociados?, sirviendo de cauce a las pretensiones de los mismos"; "Velar por la independencia, autonomía y prestigio del Poder Judicial, así como de la función en sí, incluso mediante la denuncia pública de cuantas actuaciones puedan afectar a dichos valores"; o "Informar acerca de las materias que por su naturaleza deban trascender a la opinión pública".
Gabriel Mariscal puede opinar lo que quiera sobre la naturaleza del Consejo General del Poder Judicial o del cargo ejercido por sus vocales, o sobre el sentido de sus opiniones. Pero lo cierto y verdad es que el Consejo ni es un órgano estrictamente político, ni ejerce unas atribuciones propiamente políticas. Esto con independencia de la tesis que cada cual sostenga sobre la compleja y todavía polémica cuestión de su naturaleza jurídica. Y de consideraciones que constituyen un lugar común, por obvias y aceptadas por todo el mundo. Entre otras, que el Consejo tiene un destacado y relevante papel en la definición y desarrollo de la política judicial, que no cabe confundir con la política partidista. Que los vocales están sometidos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, y no deben actuar de forma arbitraria, predispuesta o prejuiciada. Que los vocales tienen la obligación de abstenerse y pueden ser recusados por los interesados cuando concurra motivo de abstención o causa de recusación conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que resulta de aplicación, por mor de lo establecido a su vez en el artículo 142.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Y que los actos, resoluciones y disposiciones emanados del Pleno del Consejo resultan recurribles en vía contencioso-administrativa ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo.
Gabriel Mariscal podrá estar totalmente de acuerdo con el informe del Decano del Colegio de Abogados de Vizcaya sobre D. Juan Pablo González y ufanarse de la actuación de Nazario Oleaga. Pero lo cierto y verdad es que el Decano emitió, sin que el Consejo se lo pidiera, un informe de contenido faltón y claramente denigratorio, plagado de descalificaciones e inexactitudes y en el que se ofende a la verdad y se deforma la realidad de modo difícilmente superable. Todo ello, además, sin que el Decano haya ofrecido hasta el momento explicación alguna de las contradicciones públicas en las que ha incurrido en relación con el carácter y naturaleza del informe que suscribió; ni de las circunstancias en que fue gestado, emitido y remitido al Consejo; ni de las que determinaron que fuera conocido y estuviera a disposición de este diario el mismo día de su confección.
Gabriel Mariscal olvida que el pasado día 22 ofrecí una rueda de prensa en Bilbao, en la que, a lo largo de sus dos horas de duración, denuncié públicamente, con todo lujo de detalles, de forma transparente y debidamente argumentada, a presencia de los numerosos periodistas que acudieron, que lo pueden corroborar, los hechos que acabo de mencionar. Que la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, una vez enterada del contenido del informe emitido por el Decano del Colegio de Abogados, también expresó, públicamente y de forma unánime, su "profundo disgusto" y su "inequívoco rechazo". Que el magistrado directamente concernido, D. Juan Pablo González, también se ha dirigido a la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados por escrito y, en un ejercicio de contención y mesura, para dejar clara su posición, a la par que su respeto por la Abogacía en su conjunto, ha dado cumplida explicación de los hechos y referido concreta y pormenorizadamente lo verdaderamente acontecido. Y que, como portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, he ofrecido -lo que aprovechando la ocasión reitero y hago extensivo al propio Sr. Mariscal- volver a comparecer públicamente y emplazado en igual sentido al Decano del Colegio de Abogados de Vizcaya -que hasta el momento no ha dicho ni pío, él sabrá por qué- con objeto de poder contrastar, con luz y taquígrafos, nuestras diferentes posiciones, convencido de que así quedaría claro, para todo el mundo, de qué lado está la verdad, quién deforma la realidad ocultando y manipulando los hechos y, sobre todo, de qué estamos hablando: no de la obligación, inexistente evidentemente, de elegir a toda costa al candidato perteneciente a nuestra asociación; sino del carácter cierto del veto impuesto una vez más por un partido político, de la comisión de irregularidades en el procedimiento de designación, y de la realidad de maniobreros y de maniobras tendentes a perjudicar las expectativas de nombramiento de uno de los candidatos.
Gabriel Mariscal, entre sus muchos halagos, me dedicaba también el de autoritarismo intelectual. Yo, lo único que quiero decirle es que las consideraciones con las que se despacha en su tribuna constituyen un acto superlativo no de autoritarismo, sino de prevaricación intelectual, que consiste -como hace poco señalaba en otro artículo Santiago González, de quien tomo prestado el constructo- en decir chorradas a sabiendas.