A escalada de la nueva ola covid-19, junto al proceso abierto de inoculación a menores de 12 años y las terceras dosis a adultos se acompaña estos días del debate recurrente sobre los límites de la exigencia de vacunación. A medida que la inmunización alcanza máximos se constata que la suficiencia de la vacuna está condicionada por la mutación del coronavirus y la persistencia de las defensas. La percepción de cronificación, ya interiorizada en otros casos como el virus de la gripe con la respuesta también sistemática mediante campañas anuales de vacunación, estrecha el cerco sobre el margen de decisión individual y el de responsabilidad colectiva. Vacunarse o no ha dejado de ser una decisión personal en muchos ámbitos. Países europeos como Italia o Austria aprobaron hace semanas normativas que imponen la vacunación obligatoria a los trabajadores y al conjunto de la población, respectivamente; en Francia, se abrió la puerta a la suspensión de sueldos de los trabajadores públicos y más de una veintena de países de la Unión Europea exigen certificado de vacunación para acceder a cualquier espacio cerrado. En el marco legal del Estado español, que afecta al espacio territorial vasco, hay un margen para medidas extraordinarias pero límites también muy claros. Por ejemplo, la ley no permite el despido de un trabajador por su negativa a vacunarse, sin diferenciar el ámbito de su profesión, lo que incide en el debate sobre el personal sanitario y sociosanitario. Sin embargo, ayer mismo se pronunció el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en favor de exigir a los sanitarios la acreditación de haber superado tres pruebas PCR semanales si no están vacunados. El derecho al trabajo se puede ver directamente afectado, pero en la graduación de la colisión de derechos, el tribunal considera que esta limitación, existiendo, es muy tenue en comparación con el riesgo y con el hecho de que la ley obliga a este personal a ser activos en la prevención de enfermedades. La exigencia de pruebas contra la voluntad del trabajador está amparada también por la ley de prevención de riesgos laborales. Todo ello limita la posibilidad de fuga argumental hacia discursos en los que cualquier derecho individual (libertad, salud, movilidad, reunión) pretende imponerse sobre toda otra consideración, facilitando que lo razonable y lo responsable sean la pauta de comportamiento exigible.