LA justicia ha estado años bajo la sombra de la sospecha. Ha sido acusada, a menudo con razón, de ser muy lenta, de ser muy dura con los débiles y de haber estado al lado de los poderosos, de evitar el procesamiento o la toma de declaraciones de banqueros, mientras se politizaba en otras instancias para exigir la comparecencia de políticos vascos que intentaban terminar con la violencia de ETA, etc.
Sin embargo, hay que decir que la crisis y el clamor social ante las injusticias parecen haber comenzado a tener un cierto eco en algunas sentencias judiciales de gran relevancia. Se ha visto, por ejemplo, a la familia real procesada y haciendo el paseíllo de entrada y salida de los juzgados. Habrá que ver cómo termina esto. También se ha visto a altos cargos políticos de varios partidos pasar por los juzgados por diversos casos de corrupción, desde Bárcenas o la trama Gürtel a los ERE en Andalucía.
El 9 de mayo, día de Europa, de 2013, el Tribunal Supremo daba a conocer una sentencia que condenaba a varias entidades bancarias a devolver las cantidades cobradas de más a sus clientes con cláusulas suelo en sus hipotecas, pero limitando su alcance solo hasta la fecha de la sentencia. No concedió la retroactividad completa argumentando que ello supondría un duro golpe a la banca y que podría forzar un nuevo rescate al sector. Fue una sentencia agridulce, sobre todo teniendo en cuenta el impacto en miles de familias en tiempos tan duros. Sin embargo, la Unión Europea permite que cualquier tribunal pueda realizar consultas al Tribunal de Justicia comunitario. Esto es lo que hicieron varios tribunales.
Tras un proceso de muchos meses, finalmente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió en diciembre de 2016 que se debía devolver a los afectados por las cláusulas suelo el total de lo pagado de más desde la firma de la hipoteca, la retroactividad completa, en sintonía con lo que defendía la Comisión Europea, y no limitado hasta mayo de 2013, como había establecido previamente el Tribunal Supremo español y como sugería el abogado general en su dictamen.
Por otro lado, el Tribunal Supremo estableció en noviembre y diciembre de 2015 que constituía una cláusula abusiva que los bancos obligasen a los consumidores a correr con todos los gastos derivados de formalizar la hipoteca para la compra de su vivienda, ya que el principal beneficiario era el banco, al obtener así una garantía firme de pago. Varias entidades bancarias recurrieron y se ha producido una batalla legal que acaba de concluir hace unos días con otra sentencia que refuerza el fallo inicial.
La suma de ambos conceptos, cláusulas suelo y gastos derivados de formalizar la hipoteca, supone muchos miles de millones de euros que serán devueltos a miles de familias y que se destinarán principalmente al consumo, lo que además de ser un acto de justicia es una buena noticia económica.
También de forma reciente, el 14 de septiembre de 2016, en otra decisión histórica, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró ilegal la legislación española sobre la indemnización por extinción del contrato de los trabajadores temporales, obligando a que se traten igual los trabajadores fijos y temporales, es decir, con 20 días por cada año de trabajo realizado. El impacto de esta sentencia en uno de los Estados europeos con más precariedad laboral es tremendo. Los sindicatos han estimado que esta sentencia afectará a cuatro millones de trabajadores, al doblarles sus indemnizaciones a la finalización de sus contratos. Fue otra decisión valiente, tomada en contra de importantes intereses empresariales.
En este comienzo de año, el Tribunal Supremo ha establecido que las compañías eléctricas y de gas deben pagar a los municipios por el uso del dominio público en sus tendidos. El tribunal ha señalado además los importes que pueden ser gravados en función del tipo de instalaciones de transporte de energía. No cabe duda de que ello contribuirá a mejorar las finanzas de los cinco mil municipios afectados, a la vez que sienta un precedente importante en la relación entre las grandes compañías y los poderes públicos.
En estos días también hemos conocido otra sentencia de gran alcance. Se ha producido en Israel. En marzo de 2016, dos palestinos atacaron con puñales a varios soldados israelíes en la ciudad de Hebrón. Uno de ellos fue abatido en el acto y el otro quedó tendido en el suelo con graves heridas. Unos minutos después, llegó Elor Azaria, otro soldado israelí, que remató al palestino desarmado con un disparo en la cabeza. Un tribunal militar israelí ha concluido, por unanimidad, que este soldado es culpable del asesinato de Abdelfatá Abed Fatah Al Sharif y su condena podrá incluir una pena de hasta veinte años de cárcel. No ha valido de nada su increíble versión de que fue en defensa propia al temer que llevase explosivos, ni el lamentable apoyo de los sectores más fanáticos de la derecha nacionalista israelí, incluyendo al propio primer ministro de Israel, Benjamín Netanyahu, que ha propuesto su indulto.
Esta sentencia tiene un mérito difícil de cuantificar. El tribunal -militar, no lo olvidemos- ha fallado en contra de uno de sus propios soldados, al que condena como el criminal que es y no lo salva en base a un corporativismo mal entendido. Varios militares israelíes declararon contra su compañero a pesar de que el palestino asesinado había intentado previamente matarles a ellos. Tampoco el tribunal se ha plegado a las presiones de ciertos sectores militares y de una parte de la política y de la opinión pública. Ha sido una decisión judicial muy valiente y debe ser reconocida como tal.
Esta vez, Israel, en su eterno dilema entre libertad y seguridad ha optado por la primera. Bravo. La sentencia, además, hay que valorarla en su contexto actual, cuando vemos la deriva autoritaria de Turquía tras el fallido golpe de Estado de hace unos meses. Allí, el gobierno turco ha optado por purgar la justicia, la universidad, los medios de comunicación, etc., y ha vuelto a extender el estado de excepción por tres meses más, mientras continúan las purgas y se planea un reforzamiento de los poderes presidenciales.
Francia sigue bajo el estado de excepción desde los atentados de París de diciembre de 2015, y lo acaba de prorrogar por otros siete meses más, hasta julio. Esto significa que sus próximas elecciones presidenciales de abril y mayo, así como las legislativas de junio, se celebrarán bajo estas medidas excepcionales antiterroristas que limitan los derechos de los ciudadanos.
En Estados Unidos, a pesar de ser una de sus principales promesas electorales, el presidente Obama no ha cerrado la base de Guantánamo, donde decenas de prisioneros están detenidos en un limbo jurídico en el que no se garantizan sus derechos humanos.
En España, a pesar del final de la actividad armada de ETA, no ha desaparecido un órgano judicial tan excepcional como la Audiencia Nacional ni cierta legislación de excepción. Y podría seguirse con los nuevos protocolos de seguridad en aeropuertos, estaciones, etc. en todos los países, con cada vez más restricciones a la libertad de las personas. Desde los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Nueva York, primero EE.UU. y luego el resto de países occidentales, no han dejado de endurecer sus legislaciones en materia de derechos para, supuestamente, mejorar la seguridad. Lo que hemos visto es que la seguridad no está mucho más garantizada, pues nada puede garantizarla al cien por cien, pero las libertades cada vez están más amenazadas o restringidas.
En estos últimos tiempos las cosas parece que van cambiando en la justicia, al menos, en algunas decisiones importantes. Si criticamos cuando lo hacen mal, es de justicia valorarlo cuando se hace bien.