El fondo de la reforma
La modificación del Código mejora alguna de las disposiciones penales vigentes, pero esa pátina no oculta ni difumina la raíz ideológica con que la impulsa el Gobierno del PP, evidente en la denominada "prisión permanente revisable"
LA reforma del Código Penal aprobada ayer por el consejo de ministros del Gobierno que preside Mariano Rajoy presenta -no podía ser de otro modo con la variedad de delitos y penas que replantea- aspectos que se han venido exigiendo como urgentes y que, sí, mejoran algunas de las disposiciones penales vigentes hasta el momento, pero ni siquiera esa pátina de actualización logra difuminar la profunda raíz ideológica que la impulsa. Así, por ejemplo, los muy necesarios (y aireados) cambios en la tipificación de los delitos contra la libertad sexual con el fin de aumentar la protección de los menores no son una iniciativa del Gobierno, sino que responden a la obligatoriedad de trasponer la directiva europea, que fuerza a los Estados miembros a endurecer sus sanciones penales. Y así, por ejemplo, la tipificación de nuevos delitos asociados a la violencia machista (acecho, hostigamiento...), cuya consideración como tales era perentoria y había venido siendo una permanente demanda de las víctimas, queda mediatizada por la relativa laxitud de las penas, inferiores por ejemplo a las que se impondrán con el nuevo Código a la venta ambulante ilegal, más conocida como top manta. Este último aspecto, el de la protección de la propiedad individual, ha sido a un tiempo motivo de demanda y polémica, pero la nueva consideración penal, con hasta seis años de cárcel por atentar contras los derechos de autor, despierta entre la mayoría de los juristas más que recelos en cuanto a su interpretación y posibilidades de cumplimiento. Y otro tanto ocurre con la efectividad de las nuevas disposiciones contra la corrupción, que endurecen el castigo por malversación o administración desleal, entre otros, y anuncian un tipo penal para la financiación ilegal de los partidos; porque el origen último de las grandes tramas de corrupción política en las últimas décadas no radica en su consideración penal sino en su falta de control. Finalmente, todas esas modificaciones se antojan accesorias -cuando no disfraces- a la principal pretendida por el Gobierno del PP, la denominada prisión permanente revisable, eufemismo que evita hablar de perpetuidad, aprobada pese a los informes contrarios del Consejo de Estado, por considerarla innecesaria cuando desde 2003 se puede alcanzar el cumplimiento de cuarenta años de prisión, y del Consejo Fiscal y el CGPJ, quienes plantean serias dudas sobre su constitucionalidad al limitar las posibilidades de reinserción, fin último del sistema normativo y penal contra el delito.