EL séptimo informe del Comité de Naciones Unidas contra la Tortura dedicado al Estado español reproduce mucho de lo recomendado en los seis precedentes pero contextualiza sus peticiones para hacer efectivos los pasos normativos dados en los últimos años. El informe valora y aplaude las iniciativas en materia de derechos e igualdad aprobadas en la última legislatura –libertad sexual, violencia de género, protección de la infancia, derechos de los extranjeros, salud reproductiva o memoria democrática, entre otras–. Pero también incide en aspectos que impiden el desempeño completo de los compromisos en materia de derechos, a los que se somete la normativa española como miembro firmante de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Además de enumerar aspectos oscuros no aclarados en incidentes de los últimos años –devoluciones en caliente, muertes en la valla de Melilla, etc.– el informe de juristas y expertos independientes reprocha al Estado que la misma definición de tortura en el Código Penal español no se ajuste a los términos de la Convención de la ONU, lo que redunda en limitaciones a su persecución penal y acelera la prescripción del delito.

No basta, por tanto, la adhesión nominal a la defensa de derechos humanos si la transposición a la legislación penal de sus violaciones no responde al grado de rigor y amplitud en las responsabilidades que se reclama en esas convenciones. Paradigmático de este extremo es el hecho de que la aplicación de la Ley de Memoria Democrática, aplaudida por el Comité de la ONU, choque con una cortapisa central para su implementación al verse impedida la investigación de violaciones de derechos previas a 1977 por la existencia de la Ley de Amnistía que ese año hizo borrón y cuenta nueva de los abusos de la dictadura. La petición de su derogación no es nueva, pero en esta ocasión viene reforzada por la evidencia de que de nada sirve un reconocimiento formal, genérico, de hechos que no pueden investigarse ni resarcir a sus víctimas. El desarrollo efectivo de la Ley de Memoria estatal y de sus equivalentes autonómicas –como la consensuada en Euskadi por PNV, PSE, EH Bildu y Elkarrekin Podemos– sigue adoleciendo del compromiso que desactive la ley de punto final, de impunidad que, de facto, constituye la norma del 77. l