El pleno de Juntas Generales en Gernika ha regularizado este miércoles la elección de alcaldes de las pedanías existentes en Bizkaia.

Aunque desde 2012, y por determinación foral, no se pueden constituir nuevas pedanías en el territorio, Orduña y la Diputación han querido proteger las cuatros entidades locales menores existentes en el municipio referido, las cuales han permanecido con entidad propia institucional desde el siglo XVI.

Son las pedanías de Belandia, Lendoñogoiti, Lendoñobeiti y Mendeika, todas entidades locales de menos de 50 habitantes, y pertenecientes al mencionado municipio de la comarca del Alto Nervión.

La aprobación esta norma foral regula concretamente la elección de los alcaldes pedáneos y los blinda de cara a la modificación que se efectuó en 2013 a la Ley Básica de Entidades Locales a nivel estatal y que las dejó sin personalidad jurídica con lo que se les ha negado la posibilidad de tener bienes y derechos.

La Diputación Foral y las Juntas Generales tienen competencia para aprobar esta norma foral en base al articulo 37 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y ha querido ejercerla para mantener unas entidades que ya suman cinco siglos. Además, es una forma de oficializar algo que ya se venía realizando de facto, en cuanto a la elección de estos cuatro alcaldes pedáneos.

La norma ha sido aprobada por unanimidad con la presencia en la Casa de Juntas de Gernika de la alcadesa de Orduña y la edil pedánea de Lendoñobeiti. La legislación presentada por la Diputación foral ha incluido nueve de las trece enmiendas presentadas por el PP en Juntas Generales