Primero fue que no; después que sí; al día siguiente nuevamente que no y, ahora, el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge que desde hoy los comercios pueden finalmente realizar rebajas, pero siempre y cuando su aplicación no genere aglomeraciones y suponga un riesgo para la salud.

De hecho, el Ministerio de Sanidad establece que, en el caso de producirse una gran afluencia de personas, deberá procederse al cese inmediato de estas promociones "si fuera necesario". Así figura en la orden del Ministerio de Sanidad publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en la que se recogen la relajación de las medidas previstas en la fase 2 de la desescalada, pero se incluyen también algunas modificaciones de las medidas que se habían previsto para la fases 1 y 0.

En concreto, la nueva orden modifica lo relativo a las rebajas que se había introducido en la dictada por Sanidad el pasado 9 de mayo y que había dado lugar a distintas interpretaciones por parte del Ministerio que dirige Salvador Illa, por un lado, y el Ministerio de Industria y Comercio, por otro.

En la orden ministerial del pasado 9 de mayo se establecía que, durante la fase 1, los establecimientos no podrían anunciar ni llevar a cabo acciones comerciales que pudieran dar lugar a aglomeraciones de público, tanto dentro del establecimiento comercial como en sus inmediaciones. Además, se fijaba la salvaguarda de que esta restricción no afectaría a las ventas en rebajas ni tampoco ventas en oferta o promoción que se realizasen a través de la página web.

Ahora, en la nueva orden introduce una disposición adicional que modifica la orden del 9 de mayo y que deja claro que se podrán hacer rebajas en tiendas físicas, siempre que no den lugar a aglomeraciones que impidan el cumplimiento de las medidas sanitarias.

Lo cierto es que lo planteado a comienzos de semana por el Ministro de Salud, Santiago Illa, de vetar en tienda física las rebajas, aunque legalmente ni si quiera existen desde que el gobierno del PP las liberalizó en 2012, sentó con un jarro de agua fría al sector comercial vasco. Desde el minuto uno asociaciones de comerciantes vascos y la patronal del comercio vizcaina, Cecobi, solicitaron al Gobierno de Sánchez la rectificación de una norma que calificaron de "sin sentido" y que, en su opinión no hacía más que "perjudicar" aún más a un sector muy afectado ya por el covid-19. Desde Bilbao Dendak, su presidente, Rafa Gardeazabal, criticó la medida duramente y dijo que permitir rebajas solo en los portales on line"El pequeño comercio vuelve a resultar perjudicado ante los grandes que podrán abrir sus puertas el 25 de mayo. Todo esto no hace más que desorientarnos. El Gobierno pretende regularizar unas rebajas que en 2012 fueron liberalizadas bajo el mandato popularNo entendemos nada", lanzó hace unos días Gardeazabal.

Finalmente el Gobierno ha echado para atrás lo anunciado y ahora, en la nueva orden introduce una disposición adicional que modifica la orden del 9 de mayo y que deja claro que se podrán hacer rebajas en tiendas físicas, siempre que no den lugar a aglomeraciones que impidan el cumplimiento de las medidas sanitarias. Esa disposición establece que son los comerciantes los que deben tomar medidas para evitar que se produzcan aglomeraciones que impidan el cumplimiento de las medidas sanitarias obligatorias. Según recoge el texto, "las acciones comerciales o de promoción que lleven a cabo los establecimientos comerciales deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar" el cumplimiento de las medidas decretadas por las autoridades sanitarias.

Así, se deberá evitar que "se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden". Si esto se produce, los comerciantes deberán "adoptar las medidas adecuadas para evitarlas, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario".

Una vez que Euskadi pase a la fase 2 los establecimientos de más de 400 metros cuadrados podrán abrir sus puertas, siempre que acoten el espacio abierto al público ajustándose a este umbral de 400 metros y con varios requisitos más: 30% del aforo, distancia mínima de dos metros entre clientes o solo una persona dentro y horario de atención prioritario para mayores de 65 años.