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El TSJPV anula el cobro de peajes para camiones en la N-I y A-15 en Gipuzkoa

El PNV subraya que la norma foral que regula los peajes de la N-I y la A-15 "tiene todos los avales necesarios"

El TSJPV anula el cobro de peajes para camiones en la N-I y A-15 en GipuzkoaFoto: Gorka Estrada

DONOSTIA. El TSJPV estima, de esta manera, el recurso contencioso-administrativo interpuesto el 12 de enero de 2017 por el Comité Nacional de Transporte (CNTC) contra la norma foral 7/2016 que regulaba el canon de utilización de determinados tramos de las carreteras de alta capacidad A-15 y N-I del territorio histórico de Gipuzkoa.

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) en un plazo de 30 días, asume plenamente los argumentos de los demandantes y condena en costas a las Juntas Generales (JJGG) de Gipuzkoa y a la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Para adoptar este fallo, el tribunal proyecta en su resolución la "jurisprudencia comunitaria" y considera que "la política foral de carreteras diseñada por la Diputación con el propósito de reorganizar el tránsito de los vehículos pesados en su red de carreteras, no legitima" el "régimen de peaje" cuestionado.

El texto judicial aclara que el sistema adoptado "produce una discriminación indirecta del transporte de tránsito con origen y/o destino fuera de Gipuzkoa respeto del tráfico interior", debido tanto a los "tramos elegidos" para la instalación de los peajes como a "la extensión de su recorrido".

El escrito recuerda, en este sentido, que "los pórticos de los tramos de mayor longitud se sitúan en los extremos norte y sur de Gipuzkoa (en la AP-8 a la altura de Irun y en la N-I en Etzegarate), de forma que todo el tráfico interno en la N-I, a salvo del pequeño tramo de Andoain, se halla exento del pago de peaje".

Esta circunstancia conlleva que "quienes realicen el recorrido completo, pasando por los tres puntos de cobro, deberán satisfacer el total del canon, frente al transporte que tenga origen y destino en Gipuzkoa, que abonará a lo sumo un -único- peaje, y exiguo, sólo si atraviesa Andoain".

De esta manera, "todos los vehículos pesados que circulen por los tramos sujetos -a canon- en la N-I y en la A-15, pasarán en los momentos clave del recorrido por un punto de cobro situado en un pórtico sobre la vía, y al paso por cada uno de ellos se les imputará el importe correspondiente, con independencia de la nacionalidad de transportista, su país de establecimiento o el de matriculación del vehículo".

No obstante, aunque este sistema asegura que "tanto foráneos como guipuzcoanos pagarán el mismo peaje, según los tramos que utilicen", con lo que se excluye la "discriminación directa", no sucede así con la "indirecta" que "consiste en la situación de desventaja que se genera a un colectivo con la aplicación de una norma que en apariencia es neutra".

"Es éste el supuesto de autos, por cuanto con la tramificación y la ubicación de los puntos de cobro aprobados por la norma foral, que sujeta a peaje con carácter principal las entradas y salidas del territorio histórico", resulta que "el colectivo afectado es en su gran mayoría procedente de fuera de Gipuzkoa, que es el que generalmente atraviesa los tres tramos", recalca la sentencia.