Severo correctivo del Tribunal Supremo (TS) a Vox. El Alto Tribunal ha dictado una resolución en la que recuerda a la formación ultraderechista que los jueces no pueden “interferir” en la elección de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno. Según dio a conocer ayer martes eldiario.es, los jueces han abogado por inadmitir una denuncia presentada por el partido de Santiago Abascal en la que pedía imputar al líder del PSOE y a representantes de los partidos independentistas por las negociaciones que desarrollaron para la investidura, incluyendo la ley de amnistía.

De hecho, el Supremo censura que Vox intente echar mano de la Judicatura para frenar un proceso político. El mismo auto judicial asegurar que “son actos propios de la actividad política sobre los que esta Sala no puede interferir”. El TS que preside Manuel Marchena no atisba indicios de delito en la denuncia de la ultraderecha, como ya lo hizo en la primera de las querellas interpuestas por Vox, que sin embargo no dudó en volver a la carga con una nuevo recurso, que ha sido tumbado otra vez. Esta no es la primera vez que ocurre algo parecido, ya que durante los últimos tiempos viene haciendo del ámbito judicial uno de sus principales caballos de batalla contra las medidas políticas que toma el Gobierno español.

En este caso concreto, el TS desestima que Sánchez cometer hasta cuatro delitos distintos durante las negociaciones que desembocaron en su investidura como presidente. Es más, reprochan que Vox eche mano del ámbito judicial para tratar de parar un ejercicio político . “Las negociaciones entre las fuerzas políticas para articular una mayoría que permita la investidura de un Presidente de Gobierno son actos propios de la actividad política sobre los que esta Sala no puede interferir”, incide la magistrada Carmen Lamela, ponente del auto.

Por último, y en cuanto a la amnistía, el Supremo también apunta que no es el estamento indicado para dilucidar si hubo a no hubo constitución de delito alguno, “correspondiendo al Tribunal Constitucional y no a este Tribunal determinar si efectivamente las leyes aprobadas o que puedan aprobarse son conformes con ordenamiento constitucional”.