Tres condenados de Falange y Tradición por amenazas no irán a prisión
La Audiencia Nacional les achaca un delito de amenazas no condicionado a un colectivo concreto y no irán a prisión
Iruñea - La Audiencia Nacional ha condenado a penas de 2 años y de 1 año y medio de cárcel a tres miembros del colectivo Falange y Tradición -el bilbaino José Ignacio Irusta y los navarros Javier López Monreal y Borja Pérez Illera- por actos vandálicos contra placas o monolitos recordatorios de la represión franquista, en pueblos de Nafarroa en 2009, en repulsa de la Memoria Histórica. La condena los reconoce como autores de los hechos denunciados, pero rechaza tipificarlos como acciones de terrorismo, por lo que las penas finalmente quedan lejos de lo que reclamaban la fiscalía (siete años) y las acusaciones particulares (entre 10 y 48 años). Ninguno de los tres deberá entrar en prisión por no tener antecedentes.
La sentencia llega tras un largo proceso jurídico de seis años, y después de que el magistrado de la Audiencia Nacional encargado de la instrucción, Ismael Moreno, se negara a continuar con la instrucción iniciada a mediados de 2009 por la juez de Iruñea, Mari Paz Benito, que había tipificado los supuestos delitos como terrorismo. Finalmente, tras varios recursos desde la Audiencia Nacional, el Supremo resolvió el conflicto competencial en marzo de 2010 dando la razón a la magistrada navarra, y derivando la causa al Juzgado nº 2 de la Audiencia Nacional, el de Moreno. Este cerraría la causa cuatro años después, abriendo juicio oral contra tres acusados y retirando los cargos contra otros tres. La sección primera de la Sala de lo Penal confluye ahora que los hechos son solo constitutivos de un delito de amenazas no condicionales a colectivo concreto y les absuelven del resto de delitos. La pena de dos años recae sobre Irusta. - I. F.
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