Madrid. La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó ayer a 377 años de prisión a los miembros de ETA Idoia Mendizabal y Asier Arzalluz como responsables del atentado contra la ex teniente de alcalde de Portugalete Esther Cabezudo y su escolta el 28 de febrero de 2002. La Audiencia española considera a ambos responsables de 20 delitos de asesinato terrorista en grado de tentativa, y les condena a 18 años de prisión por cada uno, así como a la pena de 17 años de prisión por un delito de estragos terroristas. También se les prohíbe acudir a Portugalete durante cinco años.
Además, los terroristas deberán indemnizar con 155.800 euros a Cabezudo y con 286.200 euros a su escolta, Ignacio Torres, así como al resto de heridos del atentado, y deberán hacer frente a los daños causados en edificios y vehículos, que superan los 980.000 euros. La Sala considera probado que Mendizabal y Arzalluz, miembros del comando Olaia, decidieron perpetrar el asesinato de la teniente de alcalde y del escolta que le acompañaba. Para ello, cargaron un carrito de la compra con 20 kilos de explosivo y ordenaron a los miembros de un talde de apoyo que lo situaran en la calle Casilda Iturriza de Portugalete, pese a ser conscientes de que por tratarse del centro urbano era un lugar de paso de los vecinos, que necesariamente habrían de quedar expuestos a la explosión. Los activistas no lograron su objetivo porque ese día la concejal y su escolta decidieron caminar por la acera contraria a la habitual. No obstante, la explosión causó lesiones y secuelas a ambos y a 18 personas que se encontraban en ese momento en las inmediaciones.
En la sentencia, se señala que se trató de un acción muy violenta y que solo una afortunada coincidencia libró a las víctimas de lo que hubiese sido una muerte segura.