ELEBRO la decisión del Gobierno vasco de recurrir el auto del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que había denegado la autorización para implantar el pasaporte covid. Si a juicio del Gobierno la aplicación de este pasaporte es importante para salvaguardar nuestro derecho a la salud y para evitar males mayores en los próximos meses, entonces lo lógico es recurrir para intentar revocar la decisión. Si me permiten un juego de palabras poco airoso, diría que si fuera cierto que el tribunal nos desprotege cuando dice protegernos, el Gobierno vasco debe agotar sus recursos para protegernos de la desprotección.

Hay una segunda razón para recurrir: si en el futuro volviéramos a necesitar de una medida similar y no hubiéramos recurrido afrontaríamos dificultades que otras comunidades y países no tendrían. Nos podríamos quedar, al menos por un tiempo, en un limbo de incertidumbre y parálisis cuando más necesitáramos ser operativos. No sabemos qué dirá ahora el Tribunal Supremo, pero la obligación del Gobierno vasco es procurar que la situación se aclare, sea cual sea el resultado.

Frente a las críticas que anticipa, el auto del tribunal explica su función de control del Gobierno formulándola como una protección de los derechos fundamentales. Pero nadie, que yo sepa, duda de esa competencia. Lo que muchos dudan es que esa sala ejerza dicha tarea con la responsabilidad debida ante la gravedad del momento. No se cuestiona, por lo que veo, sus funciones de control o de protección sino el uso que hace de ellas. Fue Conde-Pumpido quien para otro caso habló de "jueces de salón". La expresión me viene ahora a la cabeza.

No es este el lugar para hacer una crítica de fondo a los argumentos del auto. Voy a contarles en cambio una pequeña anécdota. Pasé el mes pasado varias semanas en Ginebra y hoy, mientras usted lee estas palabras, vuelo de nuevo para otra semana allí. A la entrada de cualquier bar o restaurante le piden a uno el pasaporte covid a cualquier hora del día. Para acceder a cualquier teatro o cine lo mismo. Eso ya lo conté aquí en su día, hoy quiero ir compartir otra historia.

El artículo 10 de la Constitución española dice que "las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España".

En Ginebra me toca trabajar en la sede de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que es el máximo órgano de Derechos Humanos de la Secretaría de la ONU, del ejecutivo de la ONU, por así decirlo. En ese edificio se reúnen además los órganos de los tratados de Derechos Humanos a los que hace referencia el texto constitucional. Allí se reúne también el Consejo de Derechos Humanos, el máximo órgano político del sistema basado en la Declaración Universal a la que se refiere la Constitución. Es decir, que en ese edificio se reúne la mayor cantidad por metro cuadrado de expertos en esa Declaración y esos Tratados de derechos humanos a los que se remite la Constitución. Allí no hay karaoke, pero sí biblioteca, hemeroteca y hasta un piano. Había una cafetería, pero está cerrada hasta nueva orden.

Para que estos expertos puedan acceder a los citados edificios y ejercer sus derechos laborales, de reunión, de asociación, culturales y deambulatorios, y para que puedan aplicar e interpretar "la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España", la ONU les exige su pasaporte covid. No sé de ninguno de ellos que haya visto en esa exigencia los problemas en relación a sus derechos humanos que percibe nuestro protector tribunal. Se ve que esos expertos en derechos humanos no saben lo suficiente de derechos humanos.