l AS cadenas de televisión nos han ofrecido no hace muchos días imágenes impactantes relativas a los estragos promovidos por la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos), que ha azotado principalmente territorios de Comunitat Valenciana, Murcia, Almería. Los efectos de la misma se dejaron sentir asimismo en la zona centro peninsular, y en Nafarroa y La Rioja se llegó a activar la alerta naranja.

Recientemente, se ha filtrado el contenido demoledor del borrador de un nuevo informe de la ONU sobre el efecto de la crisis climática en los océanos: “En las próximas décadas se multiplicarán por 100 los daños causados por las tormentas debido al aumento de las temperaturas”. Y aunque hay dudas de que se pueda relacionar directamente la DANA (puntual) con el cambio climático (largo plazo), entre los efectos que podría tener en España el calentamiento global debido al incremento de la temperatura de los océanos, podría incluirse el aumento de frecuencia y virulencia de los fenómenos de gota fría o DANA.

Además de las aún incalculadas pérdidas naturales, la DANA también promueve pérdidas humanas irremediables e irreemplazables. Con total premeditación empleo el verbo “promover” en vez del verbo “causar”, ya que este indica un vínculo directo entre causa y efecto, mientras el verbo “promover” indica el impulso para que algo suceda, sin más.

Porque esta DANA ha sido un factor desencadenante de las desgracias que algunos están sufriendo, pero no ha sido el único factor. Desde el Colegio Oficial de Biólogos (COB) consideramos que una inapropiada política urbanística nos ha llevado a una ordenación del territorio absolutamente antropocéntrica, que no ha tenido en cuenta el medio y sus características específicas de los territorios afectados por la DANA en lo concerniente al tratamiento del territorio fluvial.

La Directiva 2000/60/CE impone la elaboración de planes de gestión de cuenca fluvial para cada demarcación hidrográfica con objeto de conseguir un buen estado químico y ecológico y contribuir a mitigar los efectos de las inundaciones. No obstante, la reducción del riesgo de inundación no es uno de los objetivos principales de esa Directiva, que tampoco tiene en cuenta los futuros cambios del riesgo de inundación que se derivarán del cambio climático. Y la Directiva 2007/60/CE, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, establece un marco para la evaluación y gestión de los riesgos de inundación destinado a reducir las consecuencias negativas para la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica, asociadas a las inundaciones en la Comunidad.

Al hilo de lo muy brevemente descrito, es preciso hacer públicas tres reflexiones:

La primera, que un río no es una tubería a cielo abierto o un canal por el que circula agua. Un río es un elemento dinámico del medio, que cambia constantemente; incluso Heráclito (siglo V a.C.) ya lo tenía muy claro, aunque otros aún hoy en día no lo han entendido del todo. El tratamiento de un río no puede hacerse con el punto de vista válido para un canal. Los elementos geográficos, geológicos y biológicos también inciden en un río; influyen en su forma y dinámica y no pueden ni suelen ser apreciados en su justa medida por quienes no tienen formación en cada uno de aquellos tres campos de conocimiento.

La gestión de un río debe ir más allá; por ello, es absolutamente imprescindible que los equipos encargados de la gestión fluvial sean decididamente interprofesionales. Por ejemplo, si se hubiera hecho así en los años 50 del siglo pasado, ahora nos ahorraríamos los presupuestos públicos necesarios para corregir aquel desaguisado, teniendo que estar redactando mapas de peligrosidad por inundaciones y mapas de riesgo de inundación y definiendo zonas de vulnerabilidad por haberle usurpado su espacio al río.

En segundo lugar, aún tenemos en la memoria el desastre ocurrido en agosto de 1996 en un camping situado en el municipio de Biescas debido a una inesperada y brutal tromba de agua conducida hasta el lugar de los hechos por una ¡canalización artificial! La Confederación Hidrográfica del Ebro y la Diputación General de Aragón denegaron las indemnizaciones solicitadas por los familiares de los afectados. La sentencia 5476/2005, de 21 de diciembre de 2005, de la Audiencia Nacional, puso las cosas en su sitio, gracias a que ¡por dos veces! el responsable administrativo competente informó desfavorablemente el otorgamiento de la licencia de instalación del desdichado camping, a pesar de lo cual, la Administración aragonesa se empecinó en otorgar el permiso solicitado.

Si el citado profesional hubiera cedido a presiones de unos y otros o hubiera emitido su informe sin evaluar los riesgos a conciencia, el final de esta historia aún hubiera sido más desfavorable para quienes fueron víctimas de negligencia promovida desde la Administración competente. Podríamos citar otros casos más cercanos en los que se permitió construir en zonas inundables. Afortunadamente esto está cambiando, los nuevos planeamientos deben tener en cuenta criterios relacionados con la inundabilidad, vulnerabilidad o territorio fluvial, en los que biólogos y biólogas podemos aportar nuestro criterio.

Finalmente, es necesario recuperar el visado de proyectos e informes ambientales; esta propuesta no es recaudatoria, ya que es posible que así no sea. El Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, reduce la obligatoriedad de los visados colegiales a solo diez tipologías de proyectos, atendida su posible afectación a la seguridad y la salud de las personas públicas y jurídicas, así como de sus bienes. Una vez más, la DANA ha puesto de manifiesto que no tener en cuenta el impacto ambiental de ciertas decisiones urbanísticas y de ordenación del territorio puede afectar la salud y la seguridad de personas y bienes. Y este tipo de fenómenos, como otros, teniendo en cuenta el cambio climático (incremento de lluvias torrenciales, altas temperaturas y sequías prolongadas) está demostrando que las personas profesionales en medio ambiente, y por tanto, en Biología, son más que necesarias, y el visado debería de ser obligatorio. Depende tanto de los profesionales como de los políticos competentes en este tipo de materias.