¿De qué color es el empleo?
CON la llegada de la primavera, la madre naturaleza despierta. También llega el cambio de hora, y el día crece y crece. Entonces, los paisajes se llenan de vivos y distintos colores. A la luz de la claridad, el espectáculo gratuito es inmenso. Un auténtico regalo que merece ser contemplado con su debida atención. Merece la pena realizar un alto en el camino de la rutina diaria para contemplar otras realidades que nos rodean. Y, precisamente, hablando de colores, la primavera puede hacernos reflexionar sobre los colores que presenta el empleo. Puede ser una buena ocasión para intentar responder a la cuestión y discurrir sobre algunos problemas que en la actualidad presenta el empleo, el mundo del trabajo.
En los comienzos del Derecho del Trabajo surgió la expresión de “trabajadores de cuello azul” para referirse a la clase obrera, por su indumentaria de trabajo. De hecho, no hay que olvidar que el Derecho del Trabajo surgió, inicialmente, para la clase obrera, que se caracterizaba por su trabajo manual. De ahí también las denominaciones iniciales de Derecho obrero o industrial. Así, comenzó a encauzarse en términos de justicia la cuestión social precedente, en la que el trabajo se había teñido, con demasiada frecuencia, de rojo-sangre y de negro-luto, consecuencia del fuerte desequilibrio existente entre los titulares del capital y los titulares del trabajo. Ciertamente, el Derecho del Trabajo, como logro social y claramente inspirado en la Doctrina Social de la Iglesia, trajo consigo el equilibrio necesario. Atrás quedaban los salarios de hambre, la desprotección ante los accidentes de trabajo, las jornadas sin límite, la falta de días festivos y vacaciones, el trabajo de niños, la ausencia absoluta de seguridad e higiene y un largo etcétera de circunstancias que habían cosificado a la persona y convertido a la misma en una mera fuerza de producción. Además, el Derecho del Trabajo trajo consigo el reconocimiento de los sindicatos, de la negociación colectiva y de los convenios. A su vez, y junto al reconocimiento paulatino de más derechos sociales, comenzó a extenderse una tupida red de seguros sociales hasta desembocar en los modernos Sistemas de Seguridad Social. Así se forjó, tras la Segunda Guerra Mundial, el Estado de Bienestar y la época dorada del Derecho del Trabajo, donde la contratación indefinida y a tiempo completo resultó ser la norma general. Tal éxito se manifestó en la constante ampliación del ámbito de aplicación del Derecho del Trabajo, llegando a alcanzar a los trabajadores intelectuales, a los que comenzó a denominarse “trabajadores de cuello blanco”.
Es a partir de mediados de la década de los 70 del siglo XX cuando, a raíz de la crisis del petróleo y del convencimiento de que los recursos naturales, en general, y los energéticos, en particular, no son inagotables, comienza a aflorar, junto a la mundialización de la economía, una tendencia regresiva en la aplicación del Derecho del Trabajo. En concreto, en un mercado globalizado se busca ser competitivo a costa del mercado de trabajo, mermando en demasía el carácter tuitivo incuestionado en el pasado y trayendo consigo el dumping social o contratación a la baja respecto a las condiciones laborales. Asimismo, con frecuencia, se apuesta por lo que ha venido a denominarse la huida del Derecho del Trabajo, que supone externalizar la contratación de la prestación de servicios, vía contratos civiles o mercantiles, en régimen de trabajo autónomo, con el fin de ahorrar costes económicos, a saber, salariales, de Seguridad Social y de despidos, pero también sociales, al quedar tales contrataciones fuera del ámbito de aplicación del Derecho sindical.
En íntima relación con el fenómeno de la huida, cobra fuerza el fenómeno de las denominadas “zonas grises” del Derecho del Trabajo, en las que se discute la existencia o no de las notas de laboralidad que caracterizan a todo contrato de trabajo. Se crea, en definitiva, una situación de duda e incertidumbre, de falta de seguridad jurídica. Entre otros supuestos, se ubican en las zonas grises los relativos a becas de trabajo, teletrabajo, profesionales liberales, trabajo en régimen de voluntariado, representantes de comercio y transportistas. En la actualidad, bajo el manto de la no siempre bien denominada economía colaborativa, el fenómeno aflora con fuerza en empresas como Uber, Deliveroo o Glovo, lo que supone una nueva amenaza para el empleo de calidad.
Además, la huida del Derecho del Trabajo no siempre se lleva a cabo por vías lícitas, sino que con frecuencia se comete un evidente fraude de ley, como con los falsos autónomos o los falsos becarios. En el ámbito deportivo se ha llegado a utilizar el término de “amateurismo marrón”, para referirse a deportistas que pese a ser profesionales son tratados como aficionados.
Por otro lado, las sacudidas producidas por las distintas crisis económicas tampoco ayudan. Así, ante el aumento del desempleo, la década de los 80 del siglo XX se caracterizó también por la creación de contratos laborales atípicos con una clara tendencia a la precarización. Al aumento de la temporalidad sin justa causa, se sumaron los contratos a tiempo parcial, de inserción, de fomento del empleo y de carácter formativo. Para mediados de la década de los 90, el Derecho del Trabajo había asumido, con total normalidad, el régimen de contratas y subcontratas y las empresas de trabajo temporal. Y hablando de precarización, especial atención merecen las “trabajadoras de cuello rosa”, empleos fuertemente feminizados, considerados poco cualificados y caracterizados por la inestabilidad y escasa retribución.
Pero, sin duda, la economía sumergida o informal es la forma más radical de eludir el Derecho del Trabajo. Se habla entonces de “trabajo negro” porque se va más allá del fraude de ley, al eludir incluso cualquier otro tipo de regulación. Se produce especialmente en ámbitos como el trabajo doméstico, el sector turístico, la construcción, las actividades de alterne y la agricultura y puede conllevar, además de los clásicos delitos contra los derechos de los trabajadores, situaciones de explotación laboral y de trata de seres humanos.
Sin embargo, tampoco cabe desconocer que entre los retos que presenta el futuro del trabajo se prevén empleos de nuevo color. Es el caso de los “empleos de plata” que centran la atención en las sociedades en proceso de envejecimiento por las nuevas oportunidades que suscitan. Desde distintos ámbitos también se aboga por los “empleos verdes y azules” como nuevos y necesarios yacimientos de empleo. La OIT y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma) definen el “empleo verde” como todo empleo digno que contribuya a preservar y restaurar la calidad del medio ambiente, ya sea en la agricultura, la industria, los servicios o la administración. Por su parte, la Unión Europea vincula el “empleo azul” a una amplia gama de sectores económicos relacionados con los mares y los océanos, incluyendo sectores tradicionales y sectores emergentes, desde la pesca, la acuicultura o el turismo hasta la explotación de la energía eólica marina y de la energía de los mares. Y al respecto considera que el desarrollo de la economía azul debe centrarse en actividades económicamente sostenibles que respondan a las necesidades de las generaciones actuales y futuras y generen prosperidad para la sociedad.
Por último, los colores del empleo se manifiestan en el movimiento cooperativista que, por medio de los colores del arco iris, refleja sus principios, a saber: adhesión voluntaria, gestión democrática, participación económica, autonomía e independencia, educación, formación e información, cooperación entre socios e interés por la comunidad, con especial énfasis en el desarrollo sostenible.
No cabe olvidar que el arco iris simboliza en el Génesis, tras el diluvio, la alianza que sella Dios con Noé y que alcanza a toda la creación. Una alianza que instaura el nuevo orden del mundo, conforme al cual el ser humano dispone de todo lo que hay en la tierra pero bajo la condición de cuidarlo. Como ha indicado el Papa Francisco en su Carta Encíclica Laudato Si, ese cuidado implica una relación de reciprocidad responsable entre el ser humano y la naturaleza. Más concretamente, se refiere a una ecología integral y es en la misma donde alude a la necesidad de preservar el trabajo, porque el trabajo es una necesidad, forma parte del sentido de la vida y es camino de maduración, de desarrollo humano y de realización personal. De ahí que afirme que dejar de invertir en las personas es un mal negocio para la sociedad. Ciertamente, invertir en el trabajo de las personas conlleva necesariamente el cuidado de las mismas y de su entorno, en sentido amplio.