LA situación de desigualdad que, en términos generales, sufre la mujer con respecto al hombre en nuestras sociedades -que por definición se denominan democráticas e igualitarias en derechos y deberes- convierte con demasiada frecuencia a la mitad de la población en potencialmente vulnerable, realidad que a menudo se agudiza en el ámbito doméstico y laboral. De esta manera, el desempleo, la pobreza y la precariedad fruto de la desigualdad sitúan a la mujer en una espiral que la conduce en muchas ocasiones a la exclusión social o al riesgo de caer en ella. A esta dramática situación se añade muchas veces la violencia ejercida contra las mujeres por el hecho de serlo. Si a la condición de mujer se añade la de inmigrante y, además, de trabajadora del hogar -con todo lo que ello implica en muchas ocasiones con respecto a su situación laboral irregular o directamente fraudulenta-, el resultado en cuanto a riesgo de vulnerabilidad se multiplica de manera dramática. Según los datos del informe Acoso sexual y mujeres migradas elaborado en Euskadi por la consultora Sortzen y la asociación de Mujeres con Voz, tal y como informa hoy DEIA, arroja unos resultados escalofriantes en este sentido. Así, el 22% -una de cada cinco- de las trabajadoras del hogar inmigrantes confiesa haber sufrido acoso sexual en su lugar de trabajo, unos datos no solo llamativos sino que arrojan luz sobre un fenómeno tan oscuro como intolerable que no por la evidente dificultad de su detección -dado el ámbito supuestamente privado en el que se produce, en general un domicilio particular donde la mujer ejerce su labor profesional- debe dejar de ser no solo denunciado sino perseguido con toda la contundencia desde todas las perspectivas posibles, incluida la judicial. En primer lugar, es necesario dar una vuelta de tuerca más hacia la regularización total de las empleadas de hogar, abundando en el cambio legislativo que tuvo lugar hace ya cinco años y que supuso una mejoría en la situación de las trabajadoras de este sector aunque no acabó con su precarización y, en aún no pocos casos, su explotación. Asimismo, las instituciones deben establecer mecanismos y protocolos de prevención y actuación para evitar y, en su caso, reprimir con todo el peso de la ley el incumplimiento de la normativa y, sobre todo, a quienes, abusando de una doble posición de fuerza -hombre y empleador- ejercen el acoso y la agresión sexual.