LOS reiterados posicionamientos públicos de altos cargos de la Unión Europea al respecto de los procesos democráticos que se desarrollan para determinar la relación bilateral de algunas naciones (Escocia y Catalunya) con los estados-miembro de la Unión en que están insertas exceden el papel que los sucesivos tratados de Roma, Maastricht y Lisboa atribuyen a las instituciones europeas y pervierten algunos de los principios, valores y objetivos fundacionales de la UE, sometidos a intereses estatales. Así se puede considerar que sucede, por ejemplo, con fundamentos como el de la subsidiariedad, el del respeto a las identidades nacionales o el de la democracia representativa, contenidos en el Tratado de la Unión Europea (TUE) rubricado en Maastricht en febrero de 1992. Respecto al primero, el art. 5 del Título I (Disposiciones Comunes) del TUE, impide cualquier intervención comunitaria en los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, como sería el caso de las decisiones acordadas entre Edimburgo y Londres sobre el referéndum escocés. En cuanto a la identidad nacional, el Tribunal Europeo de Justicia ya la definió como "el conjunto de poderes necesarios para que el Estado miembro pueda configurar con entera libertad las condiciones de vida económicas y sociales de sus ciudadanos", de las que no se puede excluir, lógicamente, una secesión negociada y acordada entre las partes y con respaldo democrático mayoritario. Así, la UE, sus instituciones y representantes, solo pueden contemplar un proceso similar desde el absoluto respeto al principio de la democracia representativa estipulado en el TUE y al segundo párrafo de su artículo primero: "El presente Tratado constituye una nueva etapa en el proceso creador de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa, en la cual las decisiones serán tomadas de la forma más abierta y próxima a los ciudadanos que sea posible". Finalmente, considerar, como ha hecho el presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durao Barroso, "muy difícil si no imposible" la pertenencia a la UE en el caso de que los escoceses optaran por el sí a la independencia el próximo 18 de setiembre, irrumpe en un debate que le debe ser ajeno e ignora además la evidencia de que Escocia viene históricamente poseyendo representación en el que en virtud del Tratado de Lisboa es órgano soberano de la Unión, el Parlamento Europeo.