Una sentencia por cumplir
La absolución de los acusados en el "caso Egunkaria" da lugar a la exigencia de responsabilidades por un proceso irregular y desvela asimismo la extrema urgencia de una revisión del sistema de garantías y derechos inherentes a toda democracia
LA sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sobre el caso Egunkaria, en la que se absuelve de pertenencia a banda armada a Iñaki Uria, Xabier Oleaga, Martxelo Otamendi, Juan Mari Torrealdai y Txema Auzmendi siete años después del cierre del único diario en euskera que se editaba en Euskadi, da por fin validez jurídica a lo que era una certeza en el seno de la sociedad vasca pero, sobre todo, refuta más que gravemente la actitud de los cuerpos policiales durante la investigación, deja en evidencia la instrucción realizada por el juez Juan del Olmo, así como la motivación de las asociaciones que promovieron la demanda, y desmiente las improcedentes opiniones vertidas públicamente por numerosos representantes políticos y sociales durante todo este tiempo. En definitiva y en conjunto cuestiona el respeto en el Estado español del sistema de garantías y derechos inherentes a cualquier democracia. Por ello mismo, la absolución no puede suponer el fin de la causa sino que, muy al contrario y con base en su rotunda claridad, debe convertirse en el inicio de la exigencia de responsabilidades contra quienes promovieron, difundieron y llevaron a cabo lo que ha supuesto, sin motivo alguno, un calvario personal para los imputados y el cierre de un medio de comunicación, hecho que como la propia sentencia recoge "es de difícil encaje en nuestro ordenamiento jurídico", "no tiene cobertura constitucional directa" y "supone la mayor restricción (...) de todos los derechos relacionados con la emisión y recepción de información y opinión" y afecta "a derechos e intereses de múltiples personas y de la propia sociedad". Pero, además, la sentencia que firman los magistrados Javier Gómez Bermúdez, Manuela Fernández Prado y Ramón Sáez Valcárcel presenta asimismo dos aspectos más que deberían ser tenidos en consideración más allá de esta causa. Por un lado, la constatación de "la estrecha y errónea visión" por la que la acusación de pertenencia a ETA se extiende, a conveniencia de intereses ideológicos ajenos a la justicia, a ámbitos que nada tienen que ver o incluso son contrarios a la violencia -se cita los del euskera y la cultura vasca- y de la existencia de "hipótesis acusatorias" de carácter "artificioso", similares a las que se achacan al juez Baltasar Garzón para acusarle de prevaricación por la investigación sobre el franquismo. Y, por otro lado, el reconocimiento de que "las denuncias de los acusados sobre malos tratos y torturas sufridos durante la detención incomunicada" son "compatibles con lo expuesto en los informes médico-forenses" y que "no hubo control judicial suficiente y eficiente" sobre las detenciones, lo que rebate el sobreseimiento de las denuncias de torturas presentadas por algunos de los ahora absueltos y reconoce implícitamente la existencia de un espacio de impunidad que es urgente suprimir.