Absuelven a todos los acusados por los sueldos de Caixa Catalunya
El tribunal libera a los 41 directivos de la entidad implicados de los delitos de administración desleal y apropiación indebida
barcelona - La Sección Octava de la Audiencia de Barcelona ha absuelto al expresidente de Caixa Catalunya Narcís Serra, al exdirector general Adolf Todó, y a los otros 39 acusados del consejo de administración de los delitos de administración desleal y de apropiación indebida por el aumento de sueldos a directivos de la entidad en 2010.
Según informó ayer el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en un comunicado, el tribunal considera que “los hechos declarados probados no son constitutivos del delito de administración desleal ni del de apropiación indebida sostenido por las partes acusadoras”.
La sección octava, después de 28 sesiones de juicio, entiende que los acuerdos del consejo de administración en los que se aprobó aumentar el salario del entonces director general Adolf Todó -acusado en la causa-, y del director general adjunto Jaume Massana -no acusado-, a pesar de hacerlo en un contexto general de crisis y en una particular situación de debilidad de la caja, “no presentan carácter delictivo”.
Según el TSJC, el tribunal no aprecia comportamiento delictivo “ni en la decisión misma ni el proceso que lleva a la misma, por más que señala la evidente situación de recesión en la que se produjeron las decisiones”. El tribunal describe como nudo gordiano del debate jurídico determinar si los aumentos salariales fueron por el interés societario o si pudieron suscribirse por un interés particular, como sostenían las acusaciones, “que es lo absolutamente fundamental en el injusto que se viene considerando”.
La Audiencia considera probado que Narcís Serra “lejos de pretender la causación de un perjuicio patrimonial a la entidad, perseguía todo lo contrario al procurar garantizar la permanencia del equipo directivo”, al que Serra consideraba el mejor preparado para liderar el proyecto de la caja y su fusión.
El delito societario de administración desleal precisa, según afirman los magistrados, que el autor persiga beneficio propio o de un tercero, y ha de causar directo perjuicio, “lo que no puede afirmarse del acusado” Narcís Serra, abunda. - Efe
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