El Ayuntamiento de Basauri limitará la instalación de nuevas gasolineras en el municipio. En este sentido, se ha aprobado un plan que regula la implantación de instalaciones de suministro de combustible y carburantes, en el que se establecen los criterios para la posible instalación de estas.

Tal y como indican responsables municipales, esta aprobación inicial "supone la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias de actividad hasta su entrada en vigor definitiva en las áreas residenciales y sus inmediaciones señaladas en el plan especial". Por lo tanto, queda suspendida por el momento la licencia para instalar una gasolinera en San Miguel. El nuevo plan tiene como objetivo "garantizar la calidad de vida de la ciudadanía bajo criterios de sostenibilidad". Para ello, en la nueva normativa se fijan las condiciones necesarias para "garantizar la adecuada integración de la actividad en municipio y limitar los posibles impactos negativos en entornos residenciales altamente consolidados; entornos de equipamientos escolares, sanitarios y aquellos destinados a personas mayores y otros colectivos vulnerables, e infraestructuras viarias municipales, rodadas, peatonales y de movilidad alternativa".

El texto regula las condiciones urbanísticas para el emplazamiento de estos establecimientos en función de parámetros como "la tipología de las actividades a desarrollar, los ámbitos susceptibles de acoger estas instalaciones, las distancias a recintos locales y/o edificios destinados a usos protegidos o las condiciones edificatorias y de integración arquitectónica y paisajística que deben cumplir".

Intereses públicos y privados

Según explican, con la regulación de este plan "se garantiza la protección de los intereses públicos y privados". Así, "en las zonas donde se identifica la posibilidad de crecimiento para las actividades reguladas en la normativa se establece una ordenación que permite la entrada de nuevos operadores de forma ordenada y sostenible".

En lo que respecta a las instalaciones de suministro ya existentes, "quedan en situación de actividades disconformes a la aplicación de esta normativa pero pueden continuar su actividad". Podrán realizar obras de consolidación, conservación, etc., pero "no se autorizan nuevas construcciones ni ampliaciones de las edificaciones existentes".

DISTANCIA MÍNIMA DE 100 METROS

Las nuevas limitaciones abarcan desde la distancia a las zonas en las que podrían instalarse. En este sentido, las instalaciones de suministro deberán garantizar una distancia mínima de 100 metros respecto a los siguientes usos protegidos: centros docentes, centros sanitarios-asistenciales, alojamientos para colectivos vulnerables, centros penitenciarios y cuarteles; y suelo que esté calificado como equipamiento en el PGOU.

La regulación establece además diferentes áreas que se definen “en función de su sensibilidad para poder acoger nuevas implantaciones de la actividad; por un lado, se delimitan Áreas Específicas (AE), que engloban principalmente los suelos de actividades económicas y comerciales, y por otro lado, se delimitan Áreas Sensibles (AS)”, que por su naturaleza requieren especial protección.

Así, podrían instalarse por ejemplo en zonas industriales como “Sidenor-Lapatza, Zabalandi, Zabalandi Norte o Ibarreta, siempre que cumplan todas las condiciones que se establecen en el plan (accesibilidad, distancia de determinados entornos...)”.