- Con una realidad que cambia por momentos, son muchas las dudas que planean entre los ciudadanos respecto a las limitaciones del decreto que declara el estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por el coronavirus. ¿Existe algún certificado o documento que se tenga que llevar para poder circular a pie o en vehículo? Desde el Departamento de Seguridad del Gobierno vasco, que ayer publicó una serie de aclaraciones, exponen que no se solicitará ningún tipo de certificado a las personas que se identifiquen, si bien se valorará la información que aporte para justificar el desplazamiento. De hecho, afirman que “de momento, no existe ningún certificado oficial de movilidad”. Eso sí, indican que en caso de que la información aportada genere dudas, se podrá comprobar por otros medios.

Después de que el Gobierno central modificara el decreto el pasado miércoles, una de las cuestiones más comentadas ha sido la posibilidad de acudir al supermercado en compañía de menores. “Se recomienda que los niños no salgan de casa pero con la modificación del decreto se permite que acompañen a un adulto para hacer alguna de las actividades permitidas, como ir al supermercado o a la farmacia”, aclaraba ayer Josu Bujanda, jefe de la Ertzaintza, sobre el cambio que especifica que los desplazamientos “deberán realizarse individualmente salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada”.

Las puntualizaciones realizadas por la Ertzaintza se han llevado a cabo recogiendo las principales cuestiones por las que pregunta la ciudadanía. En lo que respecta a los menores, concretan que “se pueden realizar desplazamientos para cambiar la custodia”, de la misma forma que “se puede dejar a los menores a cargo de la persona que los cuida habitualmente” si los tutores tienen que ir a trabajar. La respuesta es rotunda sobre la posibilidad de llevar a los niños al parque: no. Y tampoco está permitido el uso de espacios comunitarios de los edificios, tales como jardines, patio o escaleras, dado que son “espacios privados de uso comunitario”

Bujanda, que quiso reconocer públicamente la “profesionalidad” de los agentes estos días, explicó que otra de las cuestiones que más preguntas origina es si hay una limitación en el número de personas en los vehículos particulares. “En un vehículo podrán desplazarse más de una persona siempre que se respete entre ellos una distancia como mínimo de un metro”, explica. Pero solo en los casos especificados por el decreto. Si además del conductor viaja un ocupante, deberá sentarse “en la parte trasera y en diagonal al conductor”.