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Amorebieta podrá reubicar la escultura 'La Patata' de Nagel

El Supremo no prohíbe su cambio de emplazamiento "de forma absoluta"

Amorebieta podrá reubicar la escultura 'La Patata' de NagelI. Gorriti

Amorebieta-Etxano. El Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano podrá cambiar de ubicación la escultura realizada por el artista guipuzcoano Andrés Nagel, popularmente conocida como La Patata. Así lo establece el Tribunal Supremo al contemplar que "al amparo del derecho moral del autor a la integridad de la obra", este "no da lugar a prohibir la modificación de su emplazamiento de forma absoluta y en ninguna circunstancia, debiendo en cada caso ponderarse los intereses concurrentes".

En consecuencia, será a la administración local a quien corresponda tomar la decisión acerca de la pertinencia de efectuar el traslado de la escultura, siempre en función de las necesidades y del bien común del municipio. La iniciativa fue valorada "positivamente" desde el Consistorio de la localidad, porque "queda garantizado que si hubiese interés público relevante la escultura podría trasladarse", al tiempo que se mostraron satisfechos, ya que, dicha sentencia, deja de manifiesto que "prevalecen los intereses del municipio", apuntaron desde el Ayuntamiento.

El alto tribunal pone de este modo fin a varios años de litigios entre el Consistorio zornotzarra y el escultor guipuzcoano. La polémica surgió a raíz de un proyecto de peatonalización y reforma en el entorno en el que se emplaza la obra -en el cruce entre las calles Sabino Arana, Carmen, San Miguel y San Pedro-, en pleno centro urbano, para cuya ejecución el Ayuntamiento planteó el cambio de ubicación de la escultura.

El artista donostiarra, sin embargo, demandó entonces al municipio al entender que su derecho moral de autor impedía que su obra fuera deformada, modificada o alterada. El proceso judicial dejó en primera instancia una sentencia que, aunque declaró que el Ayuntamiento de Amorebieta no se encontraba legitimado para alterar la ubicación de la escultura, el enclave no formaba parte de su derecho moral a la integridad de la obra.

Esta decisión fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial, mientras que, en relación al derecho de autor, el organismo provincial desestimó la demanda, al considerar que el derecho a la integridad de la obra dependería de las circunstancias del traslado.

Ahora, la sala primera del Tribunal Supremo establece que la integridad de la obra creada para un lugar específico no se vulnera si la modificación del emplazamiento "no interfiere en el proceso de comunicación entre el artista mediante su obra y la comunidad". Junto a esto, la sentencia añade que el derecho de autor debe ejercitarse "de buena fe, de forma no abusiva ni anómala y debe coordinarse con los del propietario y la comunidad".

Fue en 2002 cuando la administración local encargó a Nagel la realización de esta escultura de bronce, que cuenta con unas dimensiones de 8,5 metros de altura, algo más de dos metros de ancho y 2,5 toneladas de peso.