Encontrar un piso para vivir de alquiler continúa siendo una odisea en 2025. Debido a la gran demanda existente y la poca oferta presente en el mercado, algunas inmobiliarias han optado por cobrar a las personas que visitan una vivienda con la intención de alquilarla o comprarla una pequeña cantidad de dinero. En algunas páginas web en las que se anuncian las viviendas en alquiler o venta, añaden un canon que se sitúa en torno a los diez euros por realizar la visita.
Una práctica que en algunas agencias inmobiliarias en otras ciudades del Estado ya están empezando a llevar a la práctica y que en Bizkaia, pese a que los agentes inmobiliarios lo ven algo lejos, podría terminar llegando por lo que supone a la hora de ingresos para las empresas.
La otra derivada es la preocupación que se puede generar entre aquellas personas que opten por alquilar o comprar un piso en las próximas fechas si estas prácticas se puedan convertir en una realidad.
“El trabajo de atender al comprador en las visitas es muy tedioso, engorroso y de alguna forma tampoco se valora pero yo no veo entre mis compañeros o profesionales que vaya a existir esa posibilidad”, reconoce Nuria Uribarri, agente inmobiliaria con varios años de experiencia en Bilbao. En esta dirección, Uribarri apunta no saber “si no hay quórum o nadie da el primer paso porque es muy arriesgado y difícil de dar”.
“No sé si hay capacidad de establecer una pauta general, no creo que tenga mucho recorrido”
En cuanto a la práctica que se ha llevado a cabo en otros lugares del Estado esta profesional expresa que “eso está abierto a que cada uno establezca su política de empresa”. No obstante, reconoce no saber “si hay propuesta o capacidad de que se establezca una pauta general” para que sea aplicada de forma generalizada.
“No creo que tenga mucho recorrido”, puntualiza la agente inmobiliaria. No obstante, se trata de una fórmula que se encuentra al límite de la legalidad. Jon Población, abogado del Colegio de Abogacía de Bizkaia, relata que “en relación con la legalidad de este tipo de prácticas hay que diferenciar entre dos conceptos: el arrendamiento y la compraventa”.
Con respecto al primero de los casos mencionados, Población acude a la Ley de Arrendamientos Urbanos, una legislación “modificada en 2023 por la nueva Ley de Vivienda”, que en su artículo 20 recoge que “los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador”. En este supuesto, “se prohíbe cobrar cualquier tipo de gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato al futuro inquilino”. En esta dirección, el letrado añade que “en el caso de que la inmobiliaria quisiese cobrar una cuantía por esa visita, esos gastos deberían ser soportados por el propietario que desea arrendar el inmueble” y no por el candidato a ocupar la vivienda.
Por el contrario, en relación a la compraventa de un inmueble la Ley no se pronuncia expresamente al respecto dejando una especie de laguna. Por lo tanto, “como este aspecto concreto no está regulado por ninguna normativa, sí que sería legal cobrar la visita” a las personas interesadas en adquirir una propiedad.
Cambio de papeles
Hace al menos dos años, según señala Nuria Uribarri, el inquilino era la persona que tenía que hacerse cargo de los gastos. Una norma que cambió y ahora es el propietario de la vivienda el que tiene que asumir los costes. Por estos cambios, se trata de un tema que se encuentra en el punto de mira teniendo en cuenta que la vivienda se ha convertido en un bien en el que existe poca oferta y mucha demanda.
Entre los factores que dinamitan la situación en la que la vivienda se encuentra actualmente están las casas vacías y el auge de los apartamentos turísticos. Ambos, en una u otra dirección, provocan que la oferta que hay en el mercado inmobiliario sea inferior a la existente hace varios años. Es por ello que lugares como la capital vizcaina hayan decidido paralizar cautelarmente y durante un año -hasta noviembre de 2025- las licencias que se otorgan a las viviendas turísticas.