MADRID. En su sentencia, el tribunal considera probado que "la soldado no prestó su consentimiento ni tuvo voluntad de acceder a las relaciones sexuales que el acusado le vino proponiendo, ni a los tocamientos sexuales de los que fue objeto".

Así, la resolución confirma que el teniente acusado se sirvió de la "situación de dominio" en la que se encontraba y se "prevalió intencionadamente" de la situación, "aprovechando momentos en los que estaban solos en el despacho" de la Secretaría de la Jefatura de Estudios de la Base de Alcantarilla, donde ocurrieron los hechos.

El teniente en cuestión habría dirigido a la víctima, en varias ocasiones y en los momentos arriba citados, comentarios como "mira cómo me pones" y "te gustaría comérmela", mientras realizaba "actos de marcado carácter sexual", como masturbarse o hacerse tocamientos.

El 4 de marzo de 2016, la mujer decidió hacer una fotografía del hombre cuando ambos volvieron a estar solos en una de las oficinas y él comenzó a masturbarse.

Posteriormente, enseñó la imagen a un comandante superior, que en ese momento decidió activar el protocolo de protección frente al acoso, dando comienzo a un proceso judicial que se inició el pasado 21 de mayo.

Antonio Suárez-Valdés, abogado de la soldado, ha valorado la resolución judicial, pero ha mostrado su disconformidad con que se haya impuesto al condenado la pena accesoria de "suspensión de empleo militar", en vez de aplicar la de "pérdida de empleo".

De esta diferencia en la pena asignada depende la expulsión del teniente de las Fuerzas Armadas, por lo que el letrado ha afirmado a Efe que ya ha interpuesto un recurso en relación con ese particular.

Suárez-Valdés ha explicado que la víctima lleva varios años "destrozada psicológicamente" a causa de "la situación vivida" en los últimos años, y no puede manifestar ni un "atisbo de sosiego" por un auto que no exige la expulsión inmediata de su agresor.

Asimismo, ha recordado que el Ministerio de Defensa que dirige ahora en funciones Margarita Robles, acordó expulsar a la soldado por la "patología de estrés postraumático" que sufrió a causa de las repetidas situaciones de abuso sexual que experimentó durante su servicio en las Fuerzas Armadas.

En este sentido, el abogado ha instado a ese departamento que reconozca "con carácter inmediato" la "contundencia" de los hechos probados en la sentencia recaída y así poner fin "victimización" que ha impedido a la afectada "rehacer su vida".

La sentencia refleja que los profesionales sanitarios consultados confirmaron que la afectada padece un trastorno de "estrés postraumático" -acrecentado y cronificado por el proceso judicial- y reconoce que este hecho le impide retornar a la "normalidad".