Prohibido fumar en estadios, txokos y plazas de toros
Euskadi amplía sus espacios sin humo con la nueva Ley de Adicciones La norma veta por primera vez el alcohol a menores de 16 años e impide que los adultos beban en la vía pública
bilbao - Nada de puros en San Mamés, Anoeta o Ipurua, ni un solo cigarro en los txokos y cero humosen las plazas de toros. El Consejo de Gobierno vasco aprobó ayer nuevos y controvertidos espacios sin humo con el proyecto de Ley sobre Adicciones. La norma también veta “por primera vez”, el consumo de alcohol entre los menores de 16 años, así como la venta o suministro de bebidas alcohólicas, y prohíbe beber a los adultos en la vía pública, salvo autorización municipal.
Estas son algunas de las novedades de la Ley de Adicciones -que actualiza la actual normativa de 1998 reformada en tres ocasiones-, y que ahora será remitida al Parlamento autonómico para su debate y posterior aprobación.
Entre los aspectos más espinosos de la nueva ley destaca la exclusión del tabaco en lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada, aclarando así que la prohibición de fumar se extiende también a las sociedades gastronómicas. Además, se proscribe el tabaco en instalaciones deportivas como campos de fútbol, incluidas las zonas anejas cerradas, semicerradas y al aire libre. Estas limitaciones terminan con algunos de los resquicios pendientes de la anterior regulación del tabaco que ya vetó el humo en frontones o canchas de baloncesto.
Darpón, que ayer dio a conocer el contenido de este texto, aseguró que da respuesta a las “nuevas realidades”, con especial atención a las personas menores y los colectivos más vulnerables. El titular de Salud explicó que esta normativa “aclara” la anterior -aprobada por el gobierno del PSE- en la que se hacía alusión a la regulación del tabaco en las sociedades, pero que no dejaba clara la interpretación legal, lo que permite que la mayoría de las sociedades permita fumar.
A juicio de Darpón, “hasta hace poco las drogas se habían tratado desde perspectivas y ámbitos más propios de sus consecuencias -orden público, atención sanitaria o servicios sociales-, pero la nueva ley las aborda como una cuestión de salud pública, enfocando tanto consecuencias como causas, desde todos los ámbitos relacionados o afectados como el comunitario, familiar, educativo, laboral o judicial”.
Sin embargo, la ley no solo arremete contra el tabaco, también endurece contundentemente el consumo de alcohol. El botellón será cosa del pasado cuando entre en vigor y los menores tendrán prohibido por ley consumir bebidas alcohólicas. Pero también pretende que la ciudadanía no beba alcohol en la calle ni siquiera en fiestas como Aste Nagusia.
Tolerancia cero
Darpón especificó que “por primera vez”, se prohíbe el consumo de alcohol entre menores, ya que antes solo estaba regulado por las normativas municipales y también la venta o el suministro de bebidas alcohólicas. También estará prohibida su venta en establecimientos comerciales no destinados a su consumo inmediato, entre las 22.00 y las 7.00 horas. Los adultos tampoco podrán beber alcohol en la calle. Esa luz roja incluye los txupinazos festivos o salir con una copa al exterior de un bar. Darpón aclaró que en épocas festivas, serán los ayuntamientos quienes regulen espacios como las txosnas por un periodo y espacio determinado.
Sin embargo, preguntado por algunas situaciones en las que podría aplicarse la ley, el consejero respondió que no cree que se podría aplicar la norma “a alguien que vaya a consumir una tortilla de patata a un merendero” y acompañe el alimento con una bebida alcohólica. “Aparte de la ley, el sentido común suele ser una buena norma”, apuntó.
Saltarse la prohibición de beber en la vía pública tendrá la consideración de infracción administrativa leve, con una multa de hasta 600 euros. En el caso de los menores pillados in fraganti en un botellón, se plantea evitar la sanción económica -que al final recae siempre en los padres- con “actividades en beneficio de la comunidad” y programas de concienciación. Para los casos más graves, como vender alcohol ante un colegio, la sanción puede alcanzar los 600.000 euros.
La nueva ley admite las recomendaciones del Parlamento Vasco y regula los clubes de cannabis en Euskadi, de modo que en los mismos se pueda consumir esta sustancia con fines terapéuticos, pero en ningún caso se podría fumar tabaco. El consejero explicó la paradoja de permitir el consumo de marihuana y no el de un cigarrillo, al afirmar que hay estudios científicos que establecen unos efectos “distintos” a largo plazo por el consumo de estas sustancias. Respecto a los nuevos dispositivos electrónicos como el cigarrillo electrónico, se incluye una “equiparación total” de este a la regulación del tabaco.
Finalmente se contemplan, también por primera vez, adicciones comportamentales derivadas del abuso de las tecnologías digitales y sus nuevas aplicaciones -como las aplicaciones de los smartphones-, y más especialmente, los videojuegos.
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