El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado atribuir el uso de la vivienda familiar tras un divorcio a los hijos del matrimonio cuando éstos no sean menores, ya que el derecho al disfrute del domicilio se extingue legalmente al alcanzar la mayoría de edad. Así lo establece el TS en una sentencia de la sala de lo Civil, en la que desestima el recurso de un hombre divorciado contra la decisión de la Audiencia de Valencia.