Bilbao. Una sentencia ha ordenado al Ayuntamiento de Mañaria desmantelar una de las antenas de telefonía móvil instaladas en el barrio de Arrueta, por entender que la licencia se concedió sin cumplir con la normativa vigente para este tipo de instalaciones que, admite el juez, "pueden ocasionar daños a la salud humana y al medio ambiente". El Consistorio ya ha recurrido la sentencia al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
Los vecinos de Arrueta mantienen un conflicto con el Ayuntamiento desde hace más de una década, debido a la instalación de varias antenas de telefonía móvil y televisión a apenas 60 metros de sus casas.
La alcaldía de Mañaria concedió a Telefónica Móviles, en junio de 2008, una licencia para instalar una estación de telefonía móvil en una torre de telecomunicaciones en el barrio de Arrueta, en los mismos lindes del parque natural de Urkiola. No es la única que existe en la zona, ya que tanto France Telecom como Vodafone disponen de otras dos instalaciones; la primera en la misma torre que Telefónica y la segunda a unos 20 metros de distancia.
Tres vecinos de dos caseríos junto a los que se instalaron las antenas recurrieron la solicitud de licencia, por entender en el procedimiento no se habían cumplido los requisitos exigidos para su concesión, entre ellos que no se habían realizado mediciones de la exposición radioeléctrica en las áreas cercanas. Ahora, el juez les ha dado la razón y ha ordenado desmantelar la antena. La sentencia, sin embargo, no es firme y el Ayuntamiento la ha recurrido, por lo cual ahora será el TSJPV quien dicte un nuevo fallo. "Creemos que la licencia se otorgó correctamente, de acuerdo con la ley", afirmó ayer el alcalde de la localidad, Javier Arteaga.
En primer lugar, el Juzgado número 4 de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao establece que las antenas de telefonía móvil son una actividad clasificada, "similares a los transformadores y repetidores"; es decir, las considera susceptibles de ser dañinas tanto para las personas como para el medio ambiente. "No puede ser de otra manera, ya que la estación de telefonía móvil puede causar molestias a los vecinos, producir riesgos a las personas y a sus bienes, así como en general ocasionar daños a la salud y al medio ambiente", destaca. Por ello, recrimina al Ayuntamiento que haya concedido una licencia de actividad exenta, y no clasificada, como hubiera correspondido.
Además, la sentencia reconoce que, a la hora de tramitar la licencia, no se realizó ningún estudio detallado sobre los niveles de exposición radioeléctrica en áreas cercanas, donde habitan varias familias en dos caseríos, y discurren los caminos de acceso a los mismos -"por los cuales a diario las personas que habitan en los mismo transitan", recoge la sentencia- y una pista de acceso al parque natural de Urkiola, "bastante transitada". Entiende el magistrado que se debería haber realizado el estudio de forma previa, "no una vez hecha la instalación pues una vez realizada ésta no tiene sentido hacer nuevas mediciones, cuando es posible que los límites no se cumplan". Por último, el Ayuntamiento también ha incumplido la normativa urbanística municipal, que establece una separación mínima de tres metros respecto a colindantes, al estar situadas junto a los caminos.