LA sentencia emitida por el magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, Marcos Bermúdez, por la que condena al BBVA a reintegrar a 68 particulares las cantidades invertidas por estos en la compra de Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS) de Eroski, en sus emisiones de 2004 y 2007, por no informar adecuadamente de los riesgos del producto, supone una nueva advertencia judicial respecto a actividades bancarias que han excedido los límites de una buena práctica profesional. De hecho, la sentencia exonera a Eroski y no cuestiona el producto financiero, sino su comercialización por el banco. Así, el propio juez Bermúdez hace referencia a diez sentencias y resoluciones similares emitidas durante el último año respecto a casos idénticos, sin necesidad de recurrir a otras que también cuestionan ciertas actividades bancarias, caso de las denominadas cláusulas suelo de las hipotecas o de ciertas ejecuciones de desahucio. Ahora bien, habiendo sentado el juez la responsabilidad de las entidades financieras -la sentencia abre las puertas a nuevas demandas, también contra otros bancos comercializadores de AFS-, es preciso resaltar asimismo la que compete a las herramientas públicas que deben regular y controlar la actividad bancaria, desde la Comisión Nacional del Mercado de Valores al Banco de España. En este caso, al haber permitido la comercialización generalista por los bancos de productos que no reunían las características exigibles para su venta al público; hasta el punto de contener, como señala el juez Bermúdez, alguna cláusula abusiva. Y, tanto o más grave aún, por no haber legislado de manera suficiente para impedir dichas prácticas o, en su defecto, por eludir su deber de velar por el cumplimiento de la legislación. Pero, además, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao -sobre la que cabe recurso-, que supone a los demandantes recuperar todo su capital actualizado con el interés legal (4% aproximadamente), pero devolver los intereses recibidos hasta la fecha; da medida al acuerdo de canje ofrecido tras la mediación de Kontsumobide a los 30.000 ahorradores con títulos de Eroski, que ahora posiblemente deberá ser revisado. No en la quita del 30%, bastante ajustada, pero sí en cambio en cuanto al pago del 55% en bonos a 12 años y condicionado a la reestructuración por la cooperativa de su deuda.
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