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Independencia en la UE, ¿por qué no?

Sin antecedentes ni referencias a la secesión en los tratados europeos, la pertenencia a la Unión de los estados resultantes de un proceso democrático de separación de un estado miembro no tendría más cortapisa que un inimaginable veto político

EL anuncio por el ministro principal de Escocia, Alex Salmond, de la pregunta con que pretende convocar en 2014 a la sociedad escocesa a decidir sobre la independencia abre un más que interesante debate sobre las consecuencias que una previsible separación en el Reino Unido -o en otro Estado- tendría en las relaciones de los estados resultantes con la Unión Europea. En primer lugar, no existe en los Tratados de la Unión ninguna alusión a una posible secesión dentro de la UE. Los arts. 4.2 y 5.3 del Tratado de Lisboa hacen referencia por vez primera a gobiernos locales y regionales, pero no contemplan nada respecto a una separación de los mismos del Estado miembro al que pertenecen. Y tampoco existe posición o informe al respecto de los servicios jurídicos de la Comisión, el Consejo o el Parlamento europeos. Por contra, en el caso del derecho y los tratados internacionales hay casuística de todo tipo, incluido el hecho de que el mismo Reino Unido mantuvo los acuerdos que había firmado previamente con Checoslovaquia con los dos estados -República checa y Eslovaquia- resultantes de la separación de 1993. Y el único proceso que guarda cierta similitud, la independencia de Groenlandia de Dinamarca, que culminará esta misma década, se solventó cuando los groenlandeses decidieron no seguir perteneciendo a la Comunidad Europea ya en 1985, seis años después de acceder a su autonomía -ampliada en 2008- pese a lo que guardan ciertos acuerdos preferentes de comercio con la UE. La duda radicaría, por tanto, en la posibilidad de que los escoceses pretendan seguir perteneciendo a la Unión. En ese caso y siempre que ninguno de los otros 27 estados miembros vete la permanencia de Escocia, no debería existir más problema que el derivado de la negociación de las condiciones. El Reino Unido, que ahora tiene 29 votos en el Consejo Europeo y 73 asientos en el Parlamento, vería reducida su representación al perder 5 de sus 60 millones de habitantes. Y Escocia, con una población similar a Dinamarca o Finlandia, podría pretender 7 votos en el consejo y 13 escaños que cabría restar al Reino Unido. Londres (o cualquier otro Estado temeroso de un proceso similar) podría resistirse, pero la no pertenencia de Escocia a la UE no resolvería su problema, por cuanto debería renegociar asimismo su peso en el Consejo, el Parlamento y la propia UE. En realidad y más allá de la complicación de la entrada o no en el euro de un futuro Estado escocés -que no se daría en otros procesos similares que se pudieran desarrollar en Europa, como Euskadi o Catalunya-, la decisión sobre su permanencia en la UE una vez culminada la independencia en un proceso reglado con el Reino Unido, se adivina solo política. Y entonces, tal y como apunta un estudio del think tank europeo Centre Maurits Coppieteers, sería inimaginable que la Unión incumpla los principios democráticos que le han dado forma.