El franquismo no prescribe
El exhorto judicial argentino respecto a la investigación de los crímenes de la dictadura es, aunque tardío, un paso inédito en el intento de hacer justicia a quienes reclaman por las carencias con que surgió y se ha mantenido la democracia española
LA decisión de la jueza federal argentina María Servini de Cubría de exhortar a las autoridades españolas para que aporten los nombres y actuales paraderos de los ministros y jefes de seguridad del Estado español entre el 17 de julio de 1936 -víspera del golpe militar franquista- y el 15 de junio de 1977, fecha en la que se celebraron las primeras elecciones tras el fin de la dictadura, supone un aldabonazo ético y legal respecto a la actitud por la que los poderes públicos del Estado español han venido dilatando, y por lo tanto impidiendo, la aplicación de la ley a los responsables de los crímenes cometidos durante el franquismo. La orden judicial argentina, reforzada por el hecho de que se produce a consecuencia de un recurso que anula una decisión anterior de la misma magistrada, responde además al principio de justicia universal y a la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad definidos en el Estatuto de Roma -también ratificado por el Estado español y en vigor desde el 1 de julio de 2002- que dio origen a la Corte Penal Internacional, curiosamente el mismo principio en el que se basó precisamente el juez Baltasar Garzón para iniciar la persecución del dictador chileno Augusto Pinochet y que sin embargo no ha permitido la investigación judicial de los miles de crímenes franquistas. De hecho, el exhorto argentino supone un paso inédito en los intentos de juzgar a los criminales del franquismo y que en lo que respecta a la Justicia del Estado español se encuentran pendientes de la resolución que el Tribunal Supremo debe tomar aún, casi tres años después, sobre la querella que acusó al juez Garzón de prevaricar al declararse competente para investigar y juzgar los asesinatos y desapariciones de la dictadura. Pero, además, la petición de la juez Servini avala la actualidad de la exigencia de satisfacer la verdad, recuperar la memoria histórica y resarcir a las víctimas a través de la identidad de los propios querellantes: la viuda de Luis Sánchez Bravo (fusilado por el régimen franquista el 27 de septiembre de 1975 junto a José Humberto Baena, Ramón García Sanz, Juan Paredes Manot Txiki y Ángel Otaegi), una sobrina de Elías García, asesinado en 1937, y los familiares de otras 17 víctimas, documentadas en una investigación de las universidades gallegas. No se trata, por tanto, del pasado que algunos pretenden dejar en el olvido, sino de la necesidad presente de quienes reclaman por las injusticias sufridas y de las carencias que la democracia española, en cuanto que surgida de las mismas entrañas de un régimen criminal, y el Estado español, por cuanto su máxima autoridad lo es en virtud de su nombramiento por el dictador, aún deben solventar para deslegitimar cualquier duda sobre sus fundamentos democráticos y éticos.