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Un nuevo despropósito

La sentencia de la Audiencia Nacional que condena a Otegi y Rafa Díez a diez años de prisión vulnera valores garantistas del Estado de Derecho, obvia un nuevo tiempo en el que ETA ya no tiene cabida y puede afectar al proceso de pacificación

DE la sentencia de la Audiencia Nacional que condena a Arnaldo Otegi y Rafa Díez Usabiaga a diez años de cárcel y a Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez a ocho, se pueden hacer todo tipo de valoraciones políticas y jurídicas, incluida la de que el Estado y los medios derechistas de Madrid -con la colaboración de algún representante político en Euskadi- parecen dispuestos de nuevo a pagar a escote una campaña publicitaria a la izquierda abertzale para el 20-N. Aun así, lo cierto es que el fallo de este anacrónico y descontextualizado tribunal deja en evidencia la vulneración de principios fundamentales garantistas de un Estado de Derecho. La sentencia no contiene una sola prueba objetiva y documentada que avale las conclusiones del tribunal de que los condenados forman parte de la dirección de ETA -incluida la evidente contradicción de que serían al mismo tiempo dirigentes y encargados de recibir "órdenes" directas de la organización armada: los dirigentes dan órdenes, no las reciben- y es, en suma, un conjunto de opiniones sin fundamento de Derecho. Es decir, "un relato" más. Que los magistrados no se hayan creído el nuevo discurso pacifista de Otegi en su comparencia judicial entra dentro de la lógica -como que gusten poco o nada sus posiciones políticas, éticas o morales-, pero ese descreimiento basado en convicciones no puede ser base argumental para una sentencia condenatoria tan dura. Además, el fallo convierte en absurda la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que argumentó en favor de Ibarretxe y Patxi López por sus reuniones con Otegi y otros dirigentes de la izquierda abertzale oficial precisamente en la idea de que el diálogo en busca de la paz no puede ser considerado delito. Desde esa lógica, tampoco lo puede ser el diálogo entre los dirigentes de la propia izquierda abertzale con el mismo objetivo de poner fin al terrorismo -de aquellas reflexiones surgió el debate para el fin definitivo y unilateral de ETA-, más aún cuando sus encuentros eran públicos. La Audiencia Nacional tampoco tiene en cuenta la declaración institucional aprobada y aún vigente en el Congreso avalando la vía del diálogo, con ETA incluida, para lograr el final de la violencia. Y es inevitable intuir en esta actuación judicial -más allá del bochorno democrático que supone su filtración interesada- una utilización táctica del Estado de Derecho, una manera de presionar desde la justicia a la izquierda abertzale ortodoxa para que haga efectiva su influencia sobre ETA y acelere su final. Lo que estaría por ver, toda vez que este fallo incide directamente en el incipiente y tambaleante proceso de pacificación. En definitiva, la sentencia es un absurdo jurídico y un despropósito político que no tiene en cuenta los valores garantistas del Estado de Derecho ni la realidad de un nuevo tiempo en el que ETA ya no tiene cabida.