LA ausencia de Patxi López en la reunión que los responsables socialistas celebraron ayer en Madrid para discutir sobre el alcance, forma y fondo de la anunciada, y acordada con el PP, reforma constitucional para incluir un límite al déficit de las administraciones del Estado; así como la petición expresa del diputado general de Bizkaia, José Luis Bilbao, para que López, en el ejercicio de su responsabilidad institucional al frente del Gobierno vasco, defienda las características específicas del régimen de autonomía fiscal y financiera que compete a Euskadi; vuelven a sacar a la palestra el escaso, cuando no nulo, respeto de Madrid al autogobierno vasco y, de forma paralela, la incapacidad de los representantes en la CAV de los partidos de obediencia estatal para defenderlo. La petición de José Luis Bilbao no tiene solo lógica institucional en virtud del papel que el propio Estatuto de Gernika estipula para las diputaciones y como parte integrante de la Comisión Mixta con el Estado y del Órgano de Coordinación Tributaria, sino que se fundamenta en el art. 44 del propio Estatuto de Gernika que estipula: "Los Presupuestos Generales del País Vasco contendrán los ingresos y gastos de la actividad pública y serán elaborados por el Gobierno vasco y aprobados por el Parlamento Vasco de acuerdo con las normas que este establezca". No son por tanto el Congreso y el Senado españoles los competentes para marcar el límite del déficit y la política fiscal y financiera vascas y mucho menos, como en este caso, un acuerdo político entre los líderes de los dos grandes partidos estatales, con la única intervención de representantes de esas dos formaciones, fuera del ámbito parlamentario y sin consulta previa a las administraciones que pueden resultar afectadas en su capacidad de autogobierno. Cierto es que el Estatuto también marca la necesidad de que las diputaciones adopten "los acuerdos pertinentes con el objeto de aplicar en sus respectivos territorios normas fiscales de carácter excepcional y coyuntural que el Estado decida aplicar", pero una modificación constitucional no puede ser considerada "coyuntural" y de afectar su aprobación al contenido y el fondo del Estatuto exigiría asimismo una reforma estatutaria, lo que obligaría a que fuese aprobada primero por la mayoría absoluta del Parlamento de Gasteiz y posteriormente por los electores en referéndum (art. 46.1.d del Estatuto); condición que socialistas y populares no estarían en condiciones de cumplir, mucho menos tras oponerse a un refrendo popular de la reforma a nivel del Estado. Correspondería, por tanto y en primer lugar, al Gobierno vasco la defensa de sus propias atribuciones o, en contrario y pese a todo, el impulso de una reforma estatutaria que la sociedad vasca no comparte en esos términos sino que desea en otros, lo que situaría a Patxi López ante el horizonte que más teme: la obligatoriedad de convocar elecciones.
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