LA aprobación por las Cortes de Castilla y León, con los votos de PP y PSOE, de una propuesta para la creación de una Denominación de Origen de chacolí en una zona de la provincia de Burgos confirma el temor de las tres denominaciones de origen vascas ante la ahora cierta posibilidad de que otras regiones vitivinícolas, especialmente Burgos y Cantabria, aprovechen el camino desbrozado por Getaria (Gipuzkoa), Bizkaia y Araba para colocar en el mercado nacional e internacional chacolís que no respondan a las premisas, tanto cualitativas como de calidad, que han permitido a txakolina la expansión más allá de su ámbito tradicional. La decisión de los socialistas y el PP de Castilla-León no sólo anula el diálogo que el Departamento de Agricultura que dirige Pilar Unzalu dijo haber emprendido e ignora además sus advertencias sobre medidas a emprender en defensa de nuestras denominaciones de origen, sino que supone la apertura efectiva de un conflicto que, sin embargo y si se tiene en cuenta la normativa estatal y europea al respecto no debería tener recorrido. En primer lugar, porque el 20 de octubre y a instancias del PNV el Congreso refrendó instar al Gobierno español a circunscribir la producción de chacolí-txakolin a las denominaciones de origen de la CAV, lo que confirmó el acuerdo de 1999 entre el Gobierno vasco y el Gabinete de Aznar para promover que en Europa el chacolí-txakolin se limitara sólo a las denominaciones de Bizkaia, Getaria y Araba, petición que en 2002 fue aceptada y se incluyó en el reglamento europeo. Y en segundo lugar porque el Reglamento de la CE 1493/1999 de 17 de mayo referente al sector vitivinícola afirma en su consideración 54 que "es válido el derecho de utilizar indicaciones geográficas y otros términos tradicionales; en consecuencia, las normas deben regular este derecho y proteger dichos términos, a fin de fomentar la competencia leal y no inducir a error a los consumidores" y en el anexo II A.2, dedicado a vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vcprd) entre los que se enmarcan Bizkaiko txakolina, Getariako txakolina y Arabako txakolina con la misma consideración, por ejemplo, que el cava; especifica que "cada "región determinada" estará sujeta a una delimitación precisa (...) efectuada por cada uno de los Estados miembros (...) y tendrá en cuenta los aspectos que contribuyan a la calidad de los vinos producidos en la región de que se trate". Todo ello sin perjuicio de que el uso de la palabra "chacolí" por los productores de Burgos vulnere el reglamento europeo 510/2006 de 20 de marzo por el que "la DOP designa la denominación de un producto cuya producción, transformación y elaboración deben tener lugar en una zona geográfica determinada, con especialización reconocida y comprobada". Es decir, la exclusividad vasca del chacolí-txakolina tiene base legal más que sobrada si verdaderamente se pretende su defensa.
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