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El fondo del debate

Las deliberaciones del TC sobre el quinto proyecto de sentencia respecto al Estatut de Catalunya reflejan los condicionantes políticos de la justicia, pero ello no debe ocultar que lo realmente en discusión es el concepto de la democracia y del Estado

LaS deliberaciones de los miembros del pleno del Tribunal Constitucional (TC) que se iniciaron ayer para tratar de llegar a un consenso en torno al que ya es el quinto proyecto de sentencia sobre el Estatut de Catalunya, casi cuatro años después de su aprobación en referéndum por la sociedad catalana, sirven para evidenciar de nuevo los condicionantes políticos que impiden o cuando menos lastran de manera grave una acción independiente de la justicia y, con ello, condicionan hasta impedirlos derechos básicos e inherentes a la democracia como es el caso de la ejecución de decisiones que una mayoría cualificada de la ciudadanía adopta por sufragio universal. Se puede esgrimir que dichos condicionantes, que en este caso han evitado durante toda una legislatura -haya o no acuerdo ahora en el TC- la aplicación de una ley básica aprobada por dos poderes legislativos, el Parlament catalán y el Congreso ("cepillado" incluido), y refrendada por la sociedad; surgen de un reparto porcentual que pretende -o pretendió- un imprescindible control de los poderes del Estado, pero al igual que otras herramientas ideadas hace más de tres décadas como salvaguardas de la democracia, dicho reparto ha sido pervertido por el uso -o el abuso- y convertido en un eficaz mecanismo para proteger una visión uniforme de España muy alejada de la que se planteó a través de los difíciles pactos que desembocaron en la redacción de las leyes del llamado bloque constitucional. En ese sentido, el verdadero debate no radica en si el Estatut catalán cumple o no los preceptos de la Carta Magna en 15 de sus artículos, en si el concepto de nación se ajusta a éstos por estar en el prólogo de la ley y no en su articulado, o en la bilateralidad de la relación con España, el carácter del catalán como lengua o los derechos históricos que corresponden a Catalunya, y mucho menos en si el borrador de sentencia elaborado por Elisa Pérez Varela logra el apoyo de Manuel Aragón y, por tanto, una presunta aprobación con el voto de calidad de la presidenta del TC, María Emilia Casas. El debate real y de fondo es si el Estado español mantiene la constante deriva iniciada a principios de los 80 con el fin de limitar hasta la coerción las reivindicaciones de los derechos nacionales enraizados en la historia que Catalunya o Euskadi plantaron tras la dictadura y que pese a todo sus sociedades mantienen hoy o si, por el contrario, sería capaz aún de recuperar la idea de asimetría y respeto entre y hacia las naciones que todavía engloba. Y tanto las extensas deliberaciones del TC, y especialmente su resistencia a la implantación de un poder judicial catalán propio, como los siete recursos presentados al Estatut por el PP, el Defensor del Pueblo y cinco Comunidades Autónomas (4 del PP y una del PSOE) u otros episodios políticos en otros ámbitos, indican hacia dónde pretende seguir caminando el Estado.