EL Comité de expertos del Consejo de Europa que valora el cumplimiento por las administraciones de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias y cuya visita se espera en enero próximo, tendrá ocasión de trabar conocimiento de una situación sobrevenida desde su informe anterior, que data de 2019. Desde entonces, hasta quince resoluciones judiciales y sentencias se han adoptado por los tribunales contra medidas de implementación del euskera en el sector público por las administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) y la Foral de Nafarroa. Concretamente, siete decisiones en el primer caso y ocho en el segundo, han sancionado medidas orientadas a garantizar el desempeño de servicios en euskera al definir perfiles formativos para el acceso a puestos de esas administraciones. Sin que esto signifique, como ayer mismo argumentaba el juez decano de Bilbao, una campaña de los órganos judiciales contra el euskera, lo objetivo es que el ejercicio de independencia de los tribunales consolida asiduamente el criterio de primar una interpretación del derecho de acceso a la función pública sobre la obligación de la administración de satisfacer el derecho de su ciudadanía a dirigirse a ella y ser atendida en su lengua. La propia Carta Europea insta a los Estados a una acción resolutiva para promocionar tales lenguas, su uso, en el lenguaje y la escritura, en la vida privada y pública; a provisionar de formas apropiadas y medios para la enseñanza y el estudio de dichas lenguas a todos los niveles apropiados; y a prohibir la diferenciación, exclusión, restricción o preferencia injustificadas que no fomente o pueda hacer peligrar su mantenimiento o desarrollo. La lectura judicial de la realidad sociolingüística de Euskal Herria no constituye una campaña contra el euskera pero sus resoluciones sí son un evidente ejercicio de omisión de estos principios de la Carta, que el Estado español, en tanto firmante, debe incorporar a su ordenamiento. Este es el marco de la reflexión que cabe reclamar al poder judicial al objeto de que evite interpretaciones ajenas a la realidad. Aunque haya sentencias que lo hagan parecer, el castellano, socialmente interiorizado, no sufre minorización ni precisa protección excepcional, como sí demanda para el euskera la Carta Europea.