BRUSELAS. Que una empresa se encuentre en dificultades financieras o en concurso de acreedores no le exime de la obligación de tener que devolver ayudas públicas pagadas de forma ilegal. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea así lo ha señalado en reiteradas ocasiones y ayer lo volvió a hacer en el caso Magefesa, la empresa fabricante de artículos de menaje de acero inoxidable y pequeños aparatos electrodomésticos, a quien los servicios de la competencia comunitarios persiguen sin descanso desde hace más de veinte años por no devolver una ayuda declarada ilegal en 1989. Por no recuperar el dinero, la corte europea condenó ayer a España a pagar una multa de 20 millones a la que se sumarán 50.000 euros diarios hasta que sean recuperados los subsidios.

Varios son los motivos que esgrime el tribunal para justificar la cuantiosa sanción. Para empezar destaca la duración del procedimiento y la gravedad de un incumplimiento que perdura desde hace más de una década, desde que se hiciera pública la primera sentencia, y más de 22 años desde que la dirección general de la competencia de la Comisión declarara ilegales las ayudas.

Además, la corte subraya que durante años las autoridades españolas no mostraron "la diligencia exigible" para recuperar el dinero pese a que el número de beneficiarios era pequeño, estaba identificado y se conocía exactamente la cuantía que tenían que devolver. Es más, argumentan que solo recientemente las autoridades españolas han intentado cumplir la primera sentencia, poco antes de que la Comisión presentara su segunda denuncia en la corte con sede en Luxemburgo.

El caso se remonta al 20 de diciembre de 1989. Fue ese día cuando los servicios de la competencia pusieron en el punto de mira a Magefesa, un grupo formado por cuatro sociedades -Indosa en Euskadi, Migsa en Andalucía, y Cunosa y Gursa en Cantabria- a quien el Gobierno español y varios ejecutivos autonómicos habían concedido ayudas en forma de avales crediticios, subvenciones no reintegrables, subvenciones sin intereses y un crédito en condiciones diferentes a las del mercado. Tras constatar que no habían sido recuperadas, denunció a España ante el Tribunal de la UE y en el año 2002 los jueces le daban la razón. Cinco años después la Comisión concluyó que las filiales de Cantabria y Andalucía sí habían devuelto el dinero, aunque no así la del País vasco.

Indosa fue declarada en quiebra en 1994 aunque su filial Compañía de Menaje Doméstico continuó comercializando los productos de la compañía, con sede en Derio, hasta 2008 cuando se declaró en concurso de acreedores. La sentencia recoge que a partir de esa fecha fueron algunos antiguos trabajadores quienes crearon la empresa Euskomenaje "que continuó la actividad subvencionada en los locales de CMD" hasta que concluyó la liquidación de esta última. El fallo recuerda que la recuperación de las ayudas tiene como objetivo eliminar la distorsión a la competencia causada por la ventaja competitiva de la que Magefesa se benefició y restablecer la situación anterior al pago. También subraya que el hecho de que su filial CMD entrara en concurso de acreedores sin haber recuperado los subsidios "puede hacer perdurar la distorsión" y destaca que hay elementos que ponen de manifiesto que "Euskomenaje disfruta de la ventaja competitiva ligada a las ayudas".

Es decir, en la línea de una Comisión Europea que decidió a finales de septiembre de 2010 denunciar de nuevo a España por incumplimiento y solicitar una multa millonaria. Los servicios de la competencia comunitarios solicitaron una multa diaria de 14.343 euros a contar desde el 2 de julio de 2002, fecha de la primera sentencia, lo que elevaría la sanción hoy a más de 50 millones de euros. A esta suma añadían además una multa diaria de 131.136 euros desde ayer hasta que los subsidios sean recuperados. La respuesta de los jueces es algo más indulgente aunque supone todo un zarpazo: multa de 20 millones a los que se sumarán 50.000 euros por cada día que pase sin recuperar las ayudas.